Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 47 del 20 de Mayo del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Ex. N°47 establece el procedimiento obligatorio para traspasar las sociedades plataforma de inversiones que estaban vigentes al 31 de diciembre de 2021 desde su régimen especial al registro normal de inicio de actividades, derogando el sistema anterior de la Resolución Ex. N°44 de 2003. **¿A quién le importa esto?** Sociedades plataforma de inversiones constituidas bajo regímenes especiales que estaban operativas al 31 de diciembre de 2021 y que deben regularizar su situación tributaria ante el SII mediante traspaso al registro de inicio de actividades. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué sociedades deben realizar el traspaso? → Las sociedades plataforma de inversiones que estaban vigentes al 31 de diciembre de 2021. - ¿A qué registro deben traspasarse? → Al registro de inicio de actividades estándar del SII, abandonando su régimen especial. - ¿Qué resolución queda sin efecto? → La Resolución Exenta N°44 de 2003 que regulaba el sistema anterior. - ¿Es un traspaso automático o requiere gestión? → Requiere seguir el procedimiento administrativo instruido en esta resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Regularización obligatoria:** todas las plataformas vigentes al cierre de 2021 deben completar el traspaso, no es opcional ni automático. - **Cambio de régimen administrativo:** implica pasar de un sistema especial de registro a las obligaciones tributarias normales de cualquier contribuyente con inicio de actividades. - **Derogación del marco anterior:** la Resolución Ex. N°44/2003 queda sin efecto, eliminando el régimen especial que permitía operar fuera del registro estándar. - **Fecha de corte crítica:** solo afecta a sociedades que ya existían al 31/12/2021; las constituidas después operan directamente bajo régimen normal desde su inicio. **Ejemplo práctico:** Una sociedad plataforma de inversiones constituida en 2018 para canalizar aportes de capitales extranjeros en proyectos inmobiliarios chilenos operaba bajo la Resolución Ex. N°44/2003 sin inicio de actividades formal. Al estar vigente al 31/12/2021, debe completar el procedimiento de traspaso instruido en la Resolución Ex. N°47: iniciar actividades retroactivamente, regularizar su RUT y quedar sujeta a las obligaciones tributarias normales (declaraciones mensuales, timbraje de documentos si corresponde). Si no completa el traspaso, opera en situación irregular ante el SII.
Resumen oficial SII
Instruye sobre el procedimiento de traspaso de las sociedades plataforma de inversiones, vigentes al 31 de diciembre de 2021, al registro de inicio de actividades. Deja sin efecto la resolución Ex N° 44 de 2003.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso47.pdf