Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 64 del 28 de Julio del 2022
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 64 incorpora nuevos códigos al Formulario 29 para que los contribuyentes declaren y enteren el IVA retenido cuando operan como sujetos del impuesto por aplicación del inciso séptimo del artículo 3° de la Ley sobre IVA. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que actúan como responsables del IVA por aplicación del mecanismo de cambio de sujeto del artículo 3° inciso séptimo de la Ley sobre IVA, típicamente empresas que contratan servicios donde la ley traslada la obligación de declarar y pagar el impuesto desde el prestador al receptor del servicio. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué cambia con esta resolución en el Formulario 29? → Se incorporan códigos específicos para declarar y pagar el IVA cuando opera el cambio de sujeto del artículo 3° inciso 7°. - ¿Desde cuándo rigen los nuevos códigos del F29? → Desde agosto de 2022, aplicable a declaraciones mensuales posteriores a la publicación de la resolución. - ¿Quién debe usar estos códigos nuevos? → Los contribuyentes que por ley asumen la responsabilidad de declarar y pagar el IVA en lugar del prestador del servicio. - ¿Qué pasa si no uso los códigos correctos? → La declaración puede ser rechazada o generar inconsistencias que deriven en multas por declaración incorrecta. **Lo que debes tener claro:** - **Mecanismo de cambio de sujeto:** el artículo 3° inciso 7° traslada la responsabilidad del IVA desde quien presta el servicio hacia quien lo recibe, convirtiéndolo en sujeto del impuesto. - **Obligatoriedad de uso desde agosto 2022:** los contribuyentes afectos deben utilizar los códigos nuevos en sus declaraciones mensuales; el uso de códigos genéricos puede causar rechazo del formulario. - **Distinción con retención común:** este IVA no es una retención tradicional de recaudación, sino que el receptor se convierte en contribuyente directo que debe declarar y pagar como débito fiscal propio. - **Impacto en conciliación tributaria:** el uso correcto de los códigos facilita la fiscalización cruzada del SII entre prestador y receptor, evitando diferencias en auditorías posteriores. **Ejemplo práctico:** Una empresa constructora contrata servicios de instalación eléctrica por 10.000.000 de pesos netos, con IVA de 1.900.000. Por aplicación del cambio de sujeto del artículo 3° inciso 7°, la constructora debe declarar y pagar ese IVA usando los nuevos códigos del F29 en su declaración de agosto 2022, enterándolo directamente en arcas fiscales. Si usa códigos genéricos o los omite, el SII puede rechazar la declaración o multar por declaración incorrecta, además de generar diferencias con la declaración del prestador que no declaró ese IVA.
Resumen oficial SII
Incorpora nuevos códigos al formulario 29 de declaración mensual y pago simultáneo de impuestos para declarar y enterar en arcas fiscales el IVA retenido por el cambio de sujeto dispuesto en el inciso séptimo del artículo 3° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso64.pdf