Resolución Exenta N° 80 · OTROS · 02/09/2022

Convenios SII-CFT sin licitación pública

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 80 del 02 de Septiembre del 2022

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII está facultado para suscribir convenios de colaboración mutua directamente con Centros de Formación Técnica para capacitación de sus funcionarios, sin sujetarse a procedimientos de licitación o contratación pública. **¿A quién le importa esto?** Centros de Formación Técnica, instituciones educacionales técnico-profesionales, organismos públicos que requieren capacitación especializada, y proveedores de servicios educativos que buscan colaborar con entidades fiscales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Puede el SII contratar capacitación sin licitación pública? → Sí, mediante convenios de colaboración mutua con instituciones educacionales. - ¿Qué tipo de instituciones pueden suscribir estos convenios? → Centros de Formación Técnica y otras entidades educacionales autorizadas. - ¿Qué servicios cubre este tipo de convenio? → Capacitación, formación técnica y desarrollo de competencias para funcionarios del SII. - ¿Se requiere proceso de selección competitiva? → No, el convenio se suscribe directamente por colaboración mutua institucional. **Lo que debes tener claro:** - **Excepción a las reglas de compra pública:** estos convenios no se rigen por la Ley de Compras Públicas ni requieren portal ChileCompra, basándose en la figura de colaboración institucional. - **Naturaleza jurídica especial:** no son contratos de prestación de servicios sino acuerdos de cooperación bilateral donde ambas partes obtienen beneficios (el SII capacitación, el CFT vinculación institucional). - **Aplicable a otras entidades públicas:** este mecanismo puede replicarse en otros servicios fiscales que requieran capacitación especializada, siempre que exista interés mutuo documentado. - **Requisito de formalización administrativa:** aunque no haya licitación, el convenio debe aprobarse mediante resolución exenta del jefe de servicio para dar validez jurídica y presupuestaria al acuerdo. **Ejemplo práctico:** El SII identifica necesidad de capacitar a 50 fiscalizadores en técnicas avanzadas de auditoría digital. En lugar de licitar el servicio por 15.000.000 de pesos, suscribe un convenio de colaboración con el CFT ENAC donde este provee los cursos a cambio de que el SII certifique la calidad técnica del programa y permita que sus profesionales dicten charlas en el CFT. El Director Regional aprueba el convenio mediante Resolución Exenta 80, formalizando la colaboración sin proceso de compra pública.

Resumen oficial SII

Aprueba convenio de colaboración mutua entre Servicio de Impuestos Internos y el Centro de Formación Técnica ENAC

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso80.pdf