Resolución Exenta N° 88 · OTROS · 15/09/2022

Convenios SII-universidades sin licitación pública

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 88 del 15 de Septiembre del 2022

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII está facultado para suscribir convenios de colaboración directa con instituciones de educación superior como la Universidad de Las Américas, formalizándolos mediante resolución exenta sin requerir procesos de licitación o contratación pública. **¿A quién le importa esto?** Universidades e instituciones de educación superior que buscan colaborar con el SII en proyectos de investigación, capacitación, pasantías estudiantiles o intercambio académico; funcionarios del SII que gestionan convenios interinstitucionales; y contribuyentes que participan en programas educativos vinculados al servicio. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Necesita el SII licitar para firmar convenios con universidades? → No, puede suscribirlos directamente mediante resolución exenta del Director. - ¿Qué tipo de actividades pueden incluir estos convenios? → Investigación tributaria, capacitación funcionaria, pasantías estudiantiles e intercambio académico. - ¿Qué requisito formal se necesita para validar el convenio? → Aprobación mediante resolución exenta firmada por el Director del SII. - ¿Puede cualquier universidad firmar estos convenios? → Sí, las instituciones de educación superior reconocidas pueden suscribir convenios con el SII. **Lo que debes tener claro:** - **Facultad discrecional del Director:** el SII no está obligado a abrir concursos públicos para estos convenios, pudiendo seleccionar directamente las instituciones según criterios de pertinencia y oportunidad. - **Naturaleza no comercial de los convenios:** estos acuerdos no constituyen contratos de prestación de servicios remunerados sino colaboraciones institucionales sin fines de lucro entre entidades públicas y académicas. - **Transparencia mediante resolución exenta:** aunque no hay licitación, la formalización por resolución exenta publicada garantiza trazabilidad y control de estos acuerdos institucionales. - **Precedente para otras entidades públicas:** este mecanismo puede replicarse en otros servicios fiscalizadores que requieran colaboración académica sin los costos y plazos de licitaciones formales. **Ejemplo práctico:** La Universidad de Las Américas propone al SII un programa de pasantías donde 30 estudiantes de Contador Auditor realizan prácticas en fiscalización tributaria durante un semestre académico, mientras profesores universitarios desarrollan investigación aplicada sobre cumplimiento tributario en pymes. El SII aprueba este convenio mediante Resolución Exenta N° 88 sin proceso licitatorio previo, formalizando la colaboración en 15 días hábiles desde la propuesta inicial, cuando una licitación pública habría tomado entre 90 y 120 días.

Resumen oficial SII

Aprueba convenio de colaboración entre Servicio de Impuestos Internos y Universidad de Las Américas

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2022/reso88.pdf