Materia del circular
Circular N° 39 del 13 de Septiembre del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII actualiza las tablas de impuesto único de segunda categoría aplicables a las remuneraciones de trabajadores dependientes para el mes de octubre de 2023, ajustando los tramos de renta y las tasas de retención según la variación del IPC. **¿A quién le importa esto?** Empleadores que actúan como agentes retenedores de impuesto único de segunda categoría, departamentos de remuneraciones, contadores que calculan retenciones mensuales sobre sueldos y salarios, y trabajadores dependientes que desean verificar las retenciones aplicadas a sus liquidaciones. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen las nuevas tablas de retención? → Desde octubre de 2023, aplicables a las remuneraciones pagadas en ese mes. - ¿Qué provoca la actualización de las tablas? → La variación del IPC del período anterior, que reajusta los tramos de renta imponible. - ¿Quiénes deben aplicar estas tablas? → Todos los empleadores que paguen rentas de segunda categoría sujetas a retención mensual. - ¿Se modifican las tasas de impuesto o solo los tramos? → Se modifican los tramos de renta expresados en pesos; las tasas marginales se mantienen según Ley de Impuesto a la Renta. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad inmediata:** los empleadores deben utilizar las tablas actualizadas desde la primera remuneración de octubre 2023, sin periodo de gracia ni aplicación voluntaria de tablas anteriores. - **Error en retención genera responsabilidad del empleador:** aplicar tablas desactualizadas puede derivar en retenciones insuficientes, cuya diferencia es de cargo del agente retenedor ante el SII. - **Ajuste automático por IPC:** las tablas se reajustan periódicamente sin necesidad de modificación legal, solo mediante circular administrativa que refleja la indexación de tramos. - **Impacto en liquidaciones de sueldo:** trabajadores con remuneraciones cercanas a los límites de tramos pueden experimentar cambios en el monto retenido mensualmente, sin que ello signifique cambio en la carga tributaria anual total. **Ejemplo práctico:** Un trabajador con sueldo bruto de 1.500.000 pesos mensuales recibe su liquidación de octubre 2023. Su empleador debe aplicar la tabla actualizada de la Circular N° 39: si el tramo correspondiente subió de 1.450.000 a 1.480.000 pesos por reajuste IPC, la retención calculada será menor que en septiembre, aunque su sueldo nominal no cambió. Si el empleador aplica por error la tabla de septiembre, retendrá de más y deberá regularizar la diferencia mediante reliquidación o devolución al trabajador, asumiendo el riesgo de fiscalización por descuadre entre lo retenido y lo declarado en certificados anuales.
Resumen oficial SII
Tablas de impuesto único de segunda categoría para el mes de octubre de 2023 e información adicional relacionada con dicho tributo.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2023/circu39.pdf