Materia del circular
Circular N° 48 del 10 de Noviembre del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII establece las tablas actualizadas de impuesto único de segunda categoría que empleadores deben aplicar para calcular las retenciones mensuales sobre remuneraciones pagadas durante diciembre de 2023, ajustadas por variación de UTA y tramos de renta. **¿A quién le importa esto?** Empleadores que actúan como agentes retenedores de impuesto único de segunda categoría, departamentos de remuneraciones, contadores que calculan retenciones mensuales, y trabajadores dependientes que verifican descuentos en sus liquidaciones de sueldo de diciembre 2023. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen estas tablas de retención? → Solo para remuneraciones pagadas durante el mes de diciembre de 2023. - ¿Qué empleadores deben aplicar estas tablas? → Todos los que pagan rentas del trabajo dependiente afectas a impuesto único de segunda categoría. - ¿Qué pasa si se usan tablas anteriores en diciembre? → Las retenciones serán incorrectas y pueden generar diferencias en la declaración anual del trabajador. - ¿Estas tablas se aplican en enero 2024? → No, en enero 2024 regirán nuevas tablas que el SII publicará oportunamente. **Lo que debes tener claro:** - **Vigencia mensual exclusiva:** estas tablas son válidas únicamente para diciembre 2023, no pueden usarse en meses anteriores ni siguientes sin incurrir en error de cálculo. - **Ajuste por valor UTA actualizado:** los tramos y factores de las tablas incorporan la UTA vigente para diciembre 2023, por lo que aplicar tablas de meses anteriores genera retenciones desactualizadas. - **Obligación del agente retenedor:** el empleador es responsable de aplicar la tabla correcta y actualizar sus sistemas de remuneraciones antes del cierre mensual de diciembre. - **Impacto en operación renta:** retenciones incorrectas en diciembre pueden generar diferencias en la declaración anual del trabajador, obligándolo a pagar impuestos adicionales o generando devoluciones menores. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga el 30 de diciembre de 2023 un sueldo bruto de 2.500.000 pesos a un trabajador dependiente. Debe aplicar la tabla de diciembre 2023 publicada en esta Circular 48 para calcular la retención mensual de impuesto único de segunda categoría. Si por error usa la tabla de noviembre 2023, el monto retenido será incorrecto: si la UTA aumentó entre noviembre y diciembre, retendrá de menos, y el trabajador deberá pagar la diferencia en su declaración anual de abril 2024.
Resumen oficial SII
Tablas de impuesto único de segunda categoría para el mes de diciembre de 2023 e información adicional relacionada con dicho tributo.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2023/circu48.pdf