Materia del oficio
Ventas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Art. 55 – Resolución Ex. N° 45 de 2003.
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Las facturas emitidas por venta de bienes corporales inmuebles afectos a IVA deben contener la razón social o nombre completo del comprador, además de su RUT y domicilio, según exige el artículo 55 del DL 825 y la Resolución Ex. N° 45 de 2003. **¿A quién le importa esto?** Empresas constructoras, inmobiliarias y vendedores de bienes raíces afectos a IVA que emiten facturas por venta de propiedades, departamentos o terrenos con construcciones, especialmente cuando el comprador es persona jurídica. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué datos del comprador debe incluir una factura de venta de inmueble? → Razón social o nombre completo, RUT y domicilio del comprador. - ¿Es suficiente con indicar solo el RUT del comprador? → No, la factura debe incluir expresamente la razón social o nombre además del RUT. - ¿Qué normativa establece este requisito? → El artículo 55 del DL 825 y la Resolución Exenta N° 45 de 2003. - ¿Este requisito aplica solo a ventas de inmuebles? → No, es un requisito general para todas las facturas, pero se enfatiza en inmuebles por su valor. **Lo que debes tener claro:** - **La razón social es obligatoria, no opcional:** omitir el nombre o razón social del comprador en la factura constituye un incumplimiento formal que puede generar objeciones del SII en fiscalizaciones. - **Aplica tanto a personas naturales como jurídicas:** si el comprador es empresa debe ir la razón social completa según RUT; si es persona natural, el nombre completo según cédula de identidad. - **El RUT solo no cumple el requisito legal:** aunque el RUT identifica al contribuyente, la norma exige expresamente consignar la individualización completa mediante nombre o razón social en el documento tributario. - **Riesgo de rechazo del crédito fiscal:** facturas incompletas pueden ser objetadas por el comprador ante auditorías, afectando la validez del crédito fiscal IVA que pretenda utilizar en su declaración mensual. **Ejemplo práctico:** Una inmobiliaria vende un departamento nuevo en 8.500 UF (aproximadamente 260.000.000 de pesos) afecto a IVA. La factura debe indicar: Razón Social: Inversiones Los Aromos SpA, RUT: 76.XXX.XXX-X, Domicilio: Av. Apoquindo 4500, Las Condes. Si la factura solo consigna el RUT sin la razón social, incumple el artículo 55 del DL 825, y el comprador podría enfrentar objeciones al utilizar el crédito fiscal IVA de 30.000.000 aproximadamente en su declaración mensual.
Resumen oficial SII
Razón social del comprador en factura de venta de inmueble.