Oficio N° 1837 · RENTA · 28/06/2023

Giro vigente obliga a declarar renta sin ingresos

Materia del oficio

Renta – Ley sobre Impuesto a la – Art. 34, Art. 65 N° 1, Art. 84 letra e) – Circular N° 37 de 2015

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Los contribuyentes con giro vigente que no generaron ingresos en un ejercicio deben igualmente presentar declaración de renta en abril y pagar pagos provisionales mensuales si durante el año emitieron boletas de honorarios u otros documentos tributarios, aun cuando estos documentos registren monto cero. **¿A quién le importa esto?** Personas naturales y jurídicas con giro o actividad económica vigente en el SII que durante un ejercicio comercial no obtuvieron ingresos pero mantienen su inscripción activa, especialmente profesionales independientes y pequeñas empresas que emitieron documentos sin movimiento real. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Debe declarar renta quien no tuvo ingresos en el año pero mantiene giro vigente? → Sí, debe presentar declaración de renta con los valores en cero o vacíos según corresponda. - ¿Qué pasa si emitió boletas o facturas sin monto durante el ejercicio? → Debe declarar renta y pagar PPM desde el mes siguiente a la emisión del documento, aunque sea de monto cero. - ¿Cuándo nace la obligación de pagar PPM sin ingresos? → Desde el mes siguiente a la emisión de cualquier documento tributario, independiente de su monto. - ¿Puede eximirse de declarar si no emitió ningún documento en el año? → No, igual debe declarar renta mientras mantenga su giro vigente, aunque no haya emitido documentos. **Lo que debes tener claro:** - **Giro vigente genera obligación automática:** mantener una actividad económica inscrita en el SII obliga a declarar renta en abril del año siguiente, incluso sin movimiento comercial ni ingresos reales durante todo el ejercicio. - **Emisión de documentos activa PPM inmediato:** la sola emisión de boletas de honorarios, facturas o cualquier documento tributario, aunque registre monto cero, genera la obligación de declarar y pagar pagos provisionales mensuales desde el mes siguiente. - **No existe exención por ausencia de ingresos:** el argumento de no haber percibido rentas no libera de las obligaciones formales de declaración ni de PPM si se emitieron documentos, aplicando lo dispuesto en artículos 34, 65 N°1 y 84 letra e) de la LIR. - **Riesgo de multas por no declarar:** contribuyentes que asumen incorrectamente estar eximidos por falta de ingresos pueden enfrentar sanciones del artículo 97 del Código Tributario por no presentar declaraciones obligatorias dentro de plazo. **Ejemplo práctico:** Un diseñador gráfico independiente mantiene su giro vigente durante 2022 pero no consigue proyectos. En marzo emite una boleta electrónica de honorarios por 0 pesos para probar el sistema. Aunque no percibió ingresos reales en todo el año, debe presentar declaración de renta en abril 2023 informando rentas cero, y además debe declarar y pagar PPM (aunque sea monto mínimo) desde abril 2022 en adelante por haber emitido ese documento tributario.

Resumen oficial SII

Obligación de declarar renta y pagar pagos provisionales mensuales en ejercicio sin ingresos.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=dd801fa6-2534-40e6-bb36-cd9ebe507949&nombreDocumento=1837-28_06_2023.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf