Oficio N° 185 · RENTA · 19/01/2023

Crédito Ley Austral solo rebaja IDPC anual

Materia del oficio

Renta – Ley sobre Impuesto a la – Ley N° 19.606, art. 1 y art. 3 – Circulares N° 6 de 2012, N° 47 de 2004 y N° 66 de 1999

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El crédito fiscal del 32% establecido en la Ley 19.606 para inversiones en regiones extremas solo puede deducirse del Impuesto de Primera Categoría determinado en abril, no de pagos provisionales mensuales ni de impuestos finales de los propietarios. **¿A quién le importa esto?** Empresas que realizan inversiones en activo fijo en las regiones de Aysén y Magallanes y que pretenden aplicar el beneficio tributario de la Ley Austral, particularmente aquellas que buscan optimizar su carga tributaria anual mediante deducciones anticipadas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Contra qué impuesto se deduce el crédito de la Ley 19.606? → Únicamente contra el Impuesto de Primera Categoría (IDPC) determinado en la declaración anual de abril. - ¿Puede utilizarse el crédito para rebajar pagos provisionales mensuales (PPM)? → No, el crédito no es deducible de los PPM ni anticipa su uso durante el año comercial. - ¿Los dueños pueden usar el crédito en su Impuesto Global Complementario? → No, el crédito beneficia exclusivamente a la empresa en IDPC, no se traslada a los propietarios. - ¿Qué pasa si el crédito supera el IDPC del año? → El excedente puede imputarse contra IDPC de ejercicios futuros, pero nunca contra otros impuestos. **Lo que debes tener claro:** - **Uso exclusivo contra IDPC:** el crédito del 32% sobre inversiones en activo fijo solo rebaja el impuesto de primera categoría determinado anualmente, no otros tributos de la Ley de Renta. - **Prohibición expresa de imputación anticipada:** no puede deducirse de pagos provisionales mensuales obligatorios ni de retenciones, eliminando cualquier beneficio de caja durante el ejercicio comercial. - **Sin traslado a impuestos personales:** a diferencia de otros créditos empresariales, este no se traspasa a los propietarios para rebajar Impuesto Global Complementario o Adicional, quedando encapsulado en la empresa. - **Arrastre de excedentes limitado:** si el IDPC del año es inferior al crédito generado, el saldo se arrastra a ejercicios siguientes pero solo contra futuro IDPC, generando potencial pérdida de valor temporal del dinero. **Ejemplo práctico:** Una empresa manufacturera invierte 500.000.000 de pesos en maquinaria nueva en Punta Arenas durante 2022, generando un crédito Ley Austral de 160.000.000 (32%). En abril 2023 determina un IDPC de 120.000.000: puede rebajar completamente ese impuesto y arrastra 40.000.000 para el año siguiente. Sin embargo, durante 2022 no puede deducir ninguna parte del crédito de sus PPM mensuales , debiendo pagarlos íntegramente. Además, si la empresa es propiedad de una persona natural con alta renta, el socio no puede usar los 160.000.000 de crédito para rebajar su Impuesto Global Complementario personal , quedando el beneficio exclusivamente en la sociedad.

Resumen oficial SII

Uso del crédito fiscal establecido en la Ley N° 19.606.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=d25b940e-08ca-4d57-8fc2-3f3b3ad1ca15&nombreDocumento=185-19_01_2023.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf