Oficio N° 213 · IVA · 19/01/2023

Régimen simplificado IVA no exime declarar renta

Materia del oficio

Ventas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Art. 29 y ss. – Ley sobre Impuesto a la Renta, Art. 24, Art. 65 N° 1 – Decreto Ministerio de Hacienda N° 64 de 1975 – Circular N° 55 de 1975.

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Los contribuyentes acogidos al régimen simplificado de IVA del artículo 29 del D.L. 825 (tasa fija 0,5% sobre ventas mensuales) deben igualmente cumplir con la obligación de declarar renta anual cuando tributan bajo el régimen del artículo 14 ter de la LIR, ya que ambas obligaciones son independientes. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes de micro, pequeñas y medianas empresas acogidos al régimen 14 ter de la LIR que simultáneamente tributan IVA bajo el sistema simplificado del artículo 29 del D.L. 825, particularmente aquellos que creen estar liberados de declarar renta anual por pagar IVA mensualmente. **Lo que resolvió el SII:** - ¿El régimen simplificado de IVA libera de declarar renta anual? → No, la tributación simplificada de IVA y la declaración de renta son obligaciones independientes. - ¿Qué contribuyentes deben declarar renta aunque paguen IVA simplificado? → Todos los acogidos al artículo 14 ter de la LIR, sin importar su régimen de IVA. - ¿En qué consiste el régimen simplificado de IVA del artículo 29? → Pago mensual de IVA con tasa fija del 0,5% sobre el total de ventas, sin derecho a crédito fiscal. - ¿Qué formulario se debe presentar para la declaración de renta? → Formulario 22 de declaración anual de impuestos a la renta, según el artículo 65 N°1 de la LIR. **Lo que debes tener claro:** - **Independencia de regímenes tributarios:** estar acogido al régimen simplificado de IVA no elimina ni modifica la obligación de declarar renta anual establecida en la Ley de Impuesto a la Renta. - **Artículo 14 ter como gatillante de la obligación:** todo contribuyente bajo este régimen de renta debe presentar F22 anual, independientemente de si paga IVA mensualmente bajo el artículo 29 del D.L. 825. - **Confusión común entre simplicidad de IVA y exención de renta:** muchos contribuyentes asumen erróneamente que el pago simplificado mensual de IVA los libera de presentar la declaración anual de renta. - **Riesgo de incumplimiento por desconocimiento:** no declarar renta anual estando obligado genera multas por no presentación del F22, más intereses y reajustes sobre impuestos no declarados oportunamente. **Ejemplo práctico:** Una microempresa comercializadora de productos de aseo factura anualmente 48.000.000 de pesos y tributa bajo 14 ter en renta. Simultáneamente, está acogida al régimen simplificado de IVA del artículo 29, pagando mensualmente 0,5% sobre sus ventas (20.000 pesos mensuales promedio de IVA). A pesar de cumplir mensualmente con su IVA simplificado, debe igualmente presentar su declaración anual de renta en abril mediante Formulario 22 , declarando sus ingresos y determinando el impuesto según las reglas del 14 ter. Si no lo hace, enfrentará multas por no presentación más intereses sobre cualquier impuesto adeudado.

Resumen oficial SII

Obligación de declarar renta para contribuyente acogido a tributación simplificada de IVA.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=8a1249ec-d9c9-4659-b61a-ad44c8e1cc79&nombreDocumento=213-19_01_23.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf