Oficio N° 2485 · OTROS · 22/09/2023

Residencia tributaria: emigración a Australia

Materia del oficio

Convenio entre la República de Chile y Australia para evitar la doble imposición con relación a los impuestos a la renta y a los "beneficios otorgados en virtud de un empleo", "Fringe Benefits" – Art. 4, Art. 18 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Art. 3, Art. 8 N° 8, Art. 103 – Circular N° 63 de 2021 – Resolución Ex. N° 133 de 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Un contribuyente chileno que se traslada a Australia puede perder su residencia tributaria en Chile si demuestra que ha establecido su vida efectiva en Australia, dejando de tributar en Chile por rentas de fuente extranjera y accediendo a las protecciones del convenio de doble imposición entre ambos países. **¿A quién le importa esto?** Personas naturales chilenas que emigran a Australia por períodos prolongados, especialmente trabajadores dependientes o independientes que obtienen rentas en ambos países y necesitan determinar su residencia tributaria para evitar doble imposición. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Puede un chileno perder su residencia tributaria en Chile al emigrar a Australia? → Sí, si demuestra que trasladó su vida efectiva a Australia y no mantiene vínculos económicos o sociales preponderantes en Chile. - ¿Qué debe acreditar para cesar la residencia tributaria chilena? → Debe probar residencia efectiva en Australia mediante certificados de autoridades australianas, contratos laborales, inscripciones educacionales y otros antecedentes objetivos. - ¿Qué rentas dejan de tributar en Chile al perder la residencia? → Las rentas de fuente extranjera, incluyendo sueldos pagados por empleadores australianos por servicios prestados en Australia. - ¿Aplica el convenio de doble tributación si mantiene residencia en ambos países? → Sí, el artículo 4 del convenio establece reglas de desempate para determinar residencia única según centro de intereses vitales y otros criterios. **Lo que debes tener claro:** - **La residencia tributaria no se pierde automáticamente por ausencia física:** el SII requiere acreditar que se trasladó la vida efectiva a Australia mediante documentación objetiva como certificados de residencia, contratos de trabajo, matrículas escolares y otros vínculos duraderos. - **Fringe benefits australianos no tributarían en Chile una vez perdida la residencia:** beneficios laborales otorgados por empleadores australianos a no residentes chilenos quedan gravados solo en Australia según el artículo 18 del convenio. - **Riesgo de doble residencia si se mantienen vínculos en Chile:** si el contribuyente conserva casa habitación permanente, familia o actividades económicas relevantes en Chile, podría seguir siendo considerado residente tributario chileno pese a vivir en Australia. - **Procedimiento ante el SII para acreditar cese de residencia:** debe presentarse documentación a la unidad del SII correspondiente, incluyendo certificados de residencia fiscal australiana y antecedentes que demuestren el traslado definitivo del centro de vida. **Ejemplo práctico:** Un ingeniero chileno se traslada a Australia en enero de 2024 con contrato laboral indefinido, inscribe a sus hijos en escuelas australianas, arrienda su vivienda en Chile y obtiene certificado de residencia fiscal australiana. Recibe un sueldo anual de 100.000 dólares australianos más fringe benefits por 15.000 dólares australianos. Si acredita ante el SII el traslado de su vida efectiva mediante estos documentos, cesará su residencia tributaria chilena: solo tributará en Chile por rentas de fuente chilena (si las hay) y no deberá declarar ni pagar impuestos chilenos sobre su sueldo y beneficios australianos. Si mantuviera una empresa operativa en Chile o visitara el país regularmente por negocios propios, el SII podría objetar el cese de residencia.

Resumen oficial SII

Consulta sobre pérdida de residencia y domicilio en Chile y aplicación del convenio para evitar doble imposición con Australia.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=a15f8dea-6802-422c-be9e-156f633b2e00&nombreDocumento=Oficio+2485+%2822-9-23%29-+Publicaci%C3%B3n.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf