Materia del oficio
Convenio entre Chile y Portugal para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto a la renta y su patrimonio – Art. 4, Art. 18, Art. 21, Art. 22 – Ley sobre Impuesto a la Renta – Art. 42 ter, Art 42 quáter, Art. 60. – D.L. N° 3.500 de 1980
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Un pensionado que acredita residencia tributaria en Portugal mediante certificado de ese país queda exento de tributación en Chile por sus retiros de excedentes de libre disposición de AFP, aplicando el artículo 18 del Convenio Chile-Portugal que asigna potestad tributaria exclusiva al Estado de residencia. **¿A quién le importa esto?** Afiliados a AFP chilenas que se han trasladado a vivir permanentemente a Portugal, mantienen pensión o retiran excedentes de libre disposición, y han obtenido certificado de residencia tributaria portuguesa emitido por la autoridad competente de ese país. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Dónde tributan los retiros de AFP si soy residente tributario en Portugal? → Solo en Portugal, según el artículo 18 del Convenio. Chile no puede gravarlos. - ¿Qué debo presentar para evitar la retención en Chile? → Certificado de residencia tributaria portuguesa emitido por la autoridad competente de Portugal. - ¿Aplica este tratamiento a cualquier retiro de AFP? → Sí, a pensiones y excedentes de libre disposición, siempre que califiquen como rentas del artículo 18. - ¿Qué pasa si no presento el certificado de residencia? → La AFP debe retener impuestos en Chile según las reglas del artículo 42 ter o 42 quáter LIR. **Lo que debes tener claro:** - **La residencia tributaria determina dónde se paga:** el Convenio asigna potestad tributaria exclusiva al Estado de residencia para pensiones y retiros similares, eliminando la doble tributación si se acredita residencia portuguesa. - **El certificado de residencia es obligatorio y específico:** debe ser emitido por la autoridad competente de Portugal conforme al artículo 22 del Convenio, no basta con documentos migratorios o permanencia física. - **Sin certificado, Chile retiene normalmente:** la AFP aplicará retenciones según artículos 42 ter o 42 quáter LIR si no se presenta certificación válida de residencia tributaria portuguesa al momento del retiro. - **No confundir con exenciones locales:** este beneficio deriva del Convenio internacional, no de las normas internas chilenas sobre rentas exentas o no gravadas del DL 3.500; requiere cumplir requisitos del tratado. **Ejemplo práctico:** Un afiliado chileno se jubiló y se trasladó permanentemente a Lisboa en 2022. En septiembre 2023 solicita retirar 15.000.000 de pesos de excedentes de libre disposición de su AFP chilena. Obtiene certificado de residencia tributaria emitido por la Autoridade Tributária e Aduaneira de Portugal y lo presenta a su AFP. Resultado: la AFP no retiene impuestos en Chile y el afiliado declara y paga impuestos solo en Portugal según legislación portuguesa. Excepción: si el mismo afiliado no presenta el certificado portugués, la AFP debe retener el impuesto único según artículo 42 ter LIR, y él debe solicitar devolución posteriormente mediante procedimiento del SII acreditando su residencia y el pago en Portugal.
Resumen oficial SII
Consulta sobre tratamiento tributario de los excedentes de libre disposición y Convenio para evitar la doble imposición entre Portugal y Chile.