Oficio N° 2540 · IVA · 27/09/2023

Servicios a Polla Chilena exentos de IVA

Materia del oficio

Ventas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Art. 2 N° 2, Art. 13 N° 8 – Ley N° 21.420.

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Los servicios prestados a la Polla Chilena de Beneficencia S.A. están exentos de IVA en virtud del artículo 13 N°8 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, por tratarse de una institución de beneficencia reconocida por la Ley N°21.420. **¿A quién le importa esto?** Empresas y profesionales que prestan servicios a la Polla Chilena de Beneficencia S.A., incluyendo proveedores de tecnología, consultoría, auditoría, mantención, publicidad y otros servicios necesarios para su operación como institución de beneficencia. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Los servicios a Polla Chilena están exentos de IVA? → Sí, por aplicación del artículo 13 N°8 de la Ley de IVA que exime servicios a instituciones de beneficencia. - ¿Qué norma reconoce a Polla Chilena como institución de beneficencia? → La Ley N°21.420 establece expresamente su naturaleza de institución de beneficencia. - ¿Aplica la exención a todos los servicios prestados a Polla Chilena? → Sí, siempre que sean servicios afectos y no ventas de bienes corporales muebles. - ¿Debe el prestador emitir factura exenta o no afecta? → Debe emitir factura de venta exenta, indicando como causal el artículo 13 N°8 Ley de IVA. **Lo que debes tener claro:** - **La exención solo cubre servicios, no ventas de bienes:** si un proveedor vende equipos computacionales u otros bienes muebles a Polla Chilena, esas operaciones sí pagan IVA; solo los servicios puros están exentos. - **No confundir con exención por giro del prestador:** la exención opera porque el beneficiario (Polla Chilena) es institución de beneficencia, independiente de si el prestador tiene o no giro exento. - **Impacto en crédito fiscal del proveedor:** al emitir facturas exentas, el prestador pierde derecho a utilizar como crédito fiscal el IVA de sus insumos destinados a prestar estos servicios, debiendo registrarlo como costo. - **Riesgo de fiscalización por uso indebido:** prestadores que facturen con IVA servicios a Polla Chilena deben rectificar, ya que cobrar IVA exento constituye un cobro indebido que puede generar reclamaciones y ajustes posteriores. **Ejemplo práctico:** Una empresa de tecnología presta servicios de desarrollo de software a Polla Chilena de Beneficencia por 10.000.000 de pesos mensuales. Antes del oficio, facturaba 11.900.000 (con 1.900.000 de IVA). Ahora debe emitir factura exenta por 10.000.000 indicando artículo 13 N°8. Si esa empresa compró licencias por 5.000.000 más 950.000 de IVA para prestar el servicio, ya no puede usar esos 950.000 como crédito fiscal: debe llevarlos a gasto, aumentando su costo efectivo a 5.950.000.

Resumen oficial SII

Exención contenida en el N° 8 del artículo 13 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios a servicios prestados a la Polla Chilena de Beneficencia.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=aaf13851-5727-4d4b-8c26-40d299e844d8&nombreDocumento=2540-27_09_2023.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf