Materia del oficio
Ventas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Art. 2 N° 2 – Ley N° 21.420 – Decreto Ley N° 2442 de 1978, Art. 16 Letra J – Decreto N° 147 de 2015 de Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Los servicios de certificación prestados por entidades autorizadas por SERNAPESCA para validar productos pesqueros destinados a exportación están exentos de IVA al calificar como servicios conexos a la exportación bajo el artículo 12 letra E número 14 del DL 825. **¿A quién le importa esto?** Entidades certificadoras autorizadas por SERNAPESCA bajo el Decreto N° 147 de 2015, empresas exportadoras de productos pesqueros que requieren certificación sanitaria o de calidad, y auditores tributarios que asesoran al sector pesquero exportador. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Las certificaciones de exportación pesquera pagan IVA? → No, están exentas como servicios conexos a exportación. - ¿Qué entidades pueden emitir estas certificaciones exentas? → Solo las autorizadas por SERNAPESCA según Decreto N° 147 de 2015 del Ministerio de Economía. - ¿Bajo qué norma se otorga la exención de IVA? → Artículo 12 letra E N° 14 del DL 825, como servicio conexo a exportación. - ¿Aplica la exención si el producto finalmente no se exporta? → No, la exención requiere que el producto certificado efectivamente se exporte. **Lo que debes tener claro:** - **Requisito de autorización específica:** la exención solo aplica a certificaciones emitidas por entidades expresamente autorizadas por SERNAPESCA mediante resolución, no a cualquier laboratorio o certificador privado. - **Destino de exportación comprobable:** la exención depende de que los productos certificados efectivamente se exporten; si se destinan a mercado nacional posteriormente, la certificación quedaría afecta a IVA. - **Diferencia con otras certificaciones:** certificaciones de productos pesqueros para consumo nacional o certificaciones no relacionadas con exportación emitidas por las mismas entidades sí pagan IVA al 19%. - **Conexión directa con operación de exportación:** el servicio debe formar parte del proceso exportador (validación sanitaria, de calidad o cumplimiento de requisitos del país destino), no basta con que el cliente sea exportador. **Ejemplo práctico:** Una empresa exportadora de salmón contrata a una entidad autorizada por SERNAPESCA para certificar que un lote de 50 toneladas cumple normas sanitarias de la Unión Europea, pagando 2.500.000 pesos por el servicio. Como el certificado es requisito para la exportación y la entidad está autorizada según Decreto N° 147, el servicio está exento de IVA . Sin embargo, si la misma empresa solicita una certificación de calidad para salmón destinado a cadenas de supermercados en Chile, ese servicio sí paga 475.000 pesos de IVA (19% sobre 2.500.000), aunque lo preste la misma certificadora autorizada.
Resumen oficial SII
IVA de la certificación de exportación de productos pesqueros.