Materia del oficio
Ventas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Art. 2 N° 2, Art. 12 N° 13 Letra B – Ley N° 21.420.
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Los servicios prestados por agentes de aduana están gravados con IVA independiente de la modalidad de prestación, el régimen aduanero aplicable o si se trata de operaciones de importación o exportación, sin que proceda la exención del artículo 12 N° 13 letra b) de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. **¿A quién le importa esto?** Agentes de aduana que prestan servicios de tramitación aduanera, importadores y exportadores que contratan estos servicios, y contadores que deben determinar la tributación de operaciones de comercio exterior. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Los servicios de agentes de aduana están afectos a IVA? → Sí, todos los servicios de agentes de aduana pagan IVA sin excepciones. - ¿Aplica la exención del artículo 12 N° 13 letra b) a estos servicios? → No, esta exención no cubre servicios de agentes de aduana. - ¿Cambia la tributación según el régimen aduanero (importación/exportación)? → No, el IVA se aplica igual independiente del régimen o tipo de operación. - ¿Qué servicios específicos de agentes de aduana están gravados? → Todos: tramitación, representación aduanera, gestiones y cualquier otra prestación del agente. **Lo que debes tener claro:** - **No hay exenciones para agentes de aduana:** aunque el artículo 12 N° 13 letra b) exime ciertos servicios relacionados con exportaciones, expresamente no incluye los servicios de agentes de aduana. - **Aplica a todas las modalidades de prestación:** sea que el agente opere directamente, mediante mandato, bajo sistemas especiales o cualquier otra forma contractual, siempre hay IVA. - **Irrelevante si la operación es importación o exportación:** el hecho de que el servicio se vincule a una exportación (que está exenta de IVA) no exime el servicio del agente que la tramita. - **Riesgo de confusión con otras exenciones de comercio exterior:** contribuyentes pueden asumir erróneamente que por estar vinculados a exportaciones estos servicios quedan exentos, generando contingencias en auditorías. **Ejemplo práctico:** Una empresa exportadora de frutas contrata a un agente de aduana para tramitar el despacho de un contenedor valorado en USD 80.000. El agente cobra honorarios de 1.200.000 pesos por sus servicios de tramitación, representación y gestión documental ante Aduanas. Aunque la exportación de frutas está exenta de IVA, el agente debe emitir factura afecta y cobrar 228.000 pesos adicionales por concepto de IVA (19% sobre 1.200.000). Este IVA es crédito fiscal recuperable para el exportador.
Resumen oficial SII
IVA en servicios prestados por agentes de aduana.