Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 140 del 13 de Diciembre del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII puede eximir a empresas de servicios financieros de la obligación de timbrar físicamente pagarés establecida en el artículo 17 inciso 2° del D.L. N° 3.475 de 1980, fijando en su reemplazo requisitos de registro y control electrónico que garanticen la trazabilidad de los documentos. **¿A quién le importa esto?** Empresas de servicios financieros, compañías de leasing, instituciones crediticias no bancarias y entidades que emiten o reciben pagarés de forma masiva en operaciones de financiamiento comercial o vehicular, que buscan digitalizar sus procesos documentales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Pueden las empresas financieras evitar el timbraje físico de pagarés? → Sí, mediante resolución exenta del SII que establece requisitos alternativos de control electrónico. - ¿Qué norma establece la obligación original de timbraje? → El artículo 17 inciso 2° del Decreto Ley N° 3.475 de 1980 sobre timbres y estampillas. - ¿Qué debe hacer una empresa para obtener la exención? → Solicitar formalmente al SII y comprometerse a cumplir los requisitos de registro y control que fije la resolución. - ¿Esta exención es automática para todas las financieras? → No, requiere resolución exenta específica que autorice y establezca las condiciones particulares para cada empresa. **Lo que debes tener claro:** - **Precedente administrativo relevante:** esta resolución confirma que el SII tiene facultades para autorizar esquemas electrónicos alternativos al timbraje físico cuando existen controles equivalentes de trazabilidad. - **No es automático ni masivo:** cada empresa debe gestionar su propia exención mediante solicitud formal, demostrando capacidad de implementar sistemas de control electrónico robustos que reemplacen la función del timbraje. - **Requisitos sustitutivos no publicados en extracto:** la resolución completa establece obligaciones específicas de registro, conservación y puesta a disposición del SII que deben cumplirse estrictamente para mantener la exención vigente. - **Riesgo de invalidez de pagarés no timbrados:** usar pagarés sin timbraje sin contar con resolución exenta vigente puede generar cuestionamientos sobre la validez tributaria de los documentos y contingencias en fiscalizaciones. **Ejemplo práctico:** Porsche Volkswagen Servicios Financieros Chile SpA emite mensualmente 800 pagarés para financiamiento de vehículos por montos entre 10.000.000 y 40.000.000 de pesos cada uno. Antes de la exención, debía timbrar físicamente cada pagaré en el SII. Con la Resolución Exenta N° 140, queda liberada del timbraje físico comprometiéndose a mantener un registro electrónico centralizado con firma digital, numeración correlativa automática, respaldo en servidores con trazabilidad de modificaciones y acceso remoto permanente para auditorías del SII. Una financiera sin esta exención que dejara de timbrar enfrentaría observaciones en fiscalizaciones sobre la validez formal de sus garantías.
Resumen oficial SII
Exime a porsche Volkswagen servicios financieros chile spa de la obligación de timbraje de pagarés, establecida en el artículo 17 inciso 2° del D.L. N° 3.475 de, 1980 y fija requisitos en su reemplazo.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso140.pdf