Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 23 del 03 de Marzo del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 23 de 2023 reemplaza el anexo I de la Resolución Ex. 48/2018, actualizando las tasas, límites tributarios y valores de referencia que deben aplicarse en el cumplimiento de obligaciones tributarias durante 2023. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes, contadores, asesores tributarios y empresas que calculan impuestos, aplican exenciones, determinan límites de renta o utilizan valores actualizados del SII en sus declaraciones y planificaciones tributarias para el año 2023. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué documento reemplaza esta resolución? → El anexo I de la Resolución Exenta SII N° 48 del 31 de mayo de 2018. - ¿Desde cuándo rigen los nuevos valores y tasas? → Desde el 3 de marzo de 2023, fecha de publicación de la resolución. - ¿Qué tipo de información contiene el anexo actualizado? → Tasas tributarias, límites de renta, valores de referencia y parámetros operativos vigentes. - ¿Deben los contribuyentes aplicar automáticamente estos valores? → Sí, son de aplicación obligatoria para todas las operaciones tributarias desde su vigencia. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización anual obligatoria:** el SII reemplaza periódicamente estos anexos con valores indexados por inflación, UTM, UF u otros factores económicos que afectan límites y tasas tributarias. - **Afecta múltiples regímenes tributarios:** desde límites para acogerse a rentas presuntas o regímenes simplificados, hasta tasas de retención, topes de exención y créditos fiscales disponibles. - **Riesgo de aplicar valores desactualizados:** usar el anexo anterior puede generar declaraciones incorrectas, pérdida de beneficios tributarios o contingencias en fiscalizaciones del SII. - **Consulta directa del anexo vigente:** los contribuyentes deben verificar el anexo I actualizado en el sitio del SII, ya que esta resolución solo indica el reemplazo sin detallar cada valor modificado. **Ejemplo práctico:** Una empresa acogida al régimen de renta presunta agrícola debe verificar si su nivel de ventas brutas anuales 2022 (820 millones de pesos) sigue bajo el límite actualizado en el nuevo anexo I para mantener el régimen en 2023. Si el anexo anterior establecía un tope de 9.000 UTM y el nuevo lo ajusta a 9.500 UTM por efectos de inflación, la empresa califica sin problemas; pero si hubiera usado el valor antiguo en su planificación, podría haber estimado incorrectamente su obligación de migrar a contabilidad completa.
Resumen oficial SII
Reemplaza anexo I de resolución Ex. SII N°48, de 31 de mayo de 2018.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso23.pdf