Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 30 del 16 de Marzo del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 30 instruye la aplicación de postergación de cuotas del impuesto territorial, facilidades de pago mediante convenios especiales y condonación de intereses para contribuyentes de las regiones de Ñuble, Biobío y Araucanía, conforme al DS 147/2023 del Ministerio de Hacienda. **¿A quién le importa esto?** Propietarios de bienes raíces ubicados en las regiones de Ñuble, del Biobío y de la Araucanía que deben pagar impuesto territorial y que pueden verse afectados por situaciones excepcionales contempladas en el decreto supremo N° 147 de 2023. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué regiones están afectadas por estas medidas tributarias? → Regiones de Ñuble, del Biobío y de la Araucanía exclusivamente. - ¿Qué beneficios específicos se otorgan para el impuesto territorial? → Postergación de cuotas, facilidades de pago mediante convenios especiales y condonación de intereses. - ¿Qué normativa respalda estas instrucciones? → El decreto supremo N° 147 de 2023 del Ministerio de Hacienda, numerales 4, 5 y 6 del N° 1. - ¿Estas facilidades aplican automáticamente? → No, requieren cumplir requisitos del DS 147/2023 y seguir instrucciones operativas del SII. **Lo que debes tener claro:** - **Beneficio territorial acotado:** solo aplica a propiedades ubicadas en las tres regiones mencionadas, no a contribuyentes de otras zonas con bienes en esas regiones. - **Tres mecanismos simultáneos:** la resolución habilita postergación de cuotas pendientes, suscripción de convenios de pago flexibles y eliminación de intereses moratorios bajo condiciones específicas. - **Origen en situación excepcional:** estas medidas responden a circunstancias extraordinarias contempladas en el DS 147/2023, probablemente vinculadas a emergencias o catástrofes en las regiones afectadas. - **Requisitos y plazos no detallados en resumen:** los contribuyentes deben consultar el texto completo de la resolución y el DS 147/2023 para conocer condiciones exactas, documentación requerida y plazos de solicitud, evitando perder beneficios por desinformación. **Ejemplo práctico:** Un propietario de una parcela agrícola en la región del Biobío, avaluada en 80.000.000 de pesos, tiene un impuesto territorial anual de 800.000 pesos dividido en 4 cuotas trimestrales de 200.000 pesos cada una. Bajo la Resolución Exenta N° 30, puede solicitar postergar las cuotas de junio y septiembre 2023, suscribir un convenio para pagar en 12 cuotas mensuales sin el interés moratorio del 1,5% mensual que normalmente se aplicaría, y condonar los intereses acumulados desde marzo. Un contribuyente con la misma propiedad en la Región Metropolitana no accede a estos beneficios.
Resumen oficial SII
Imparte instrucciones sobre postergación de cuotas del impuesto territorial, facilidades de pago mediante convenios especiales y condonación de intereses, conforme lo dispuesto en los numerales 4, 5 y 6 del N° 1 del decreto supremo N° 147, de 2023, del Ministerio de Hacienda, que establece medidas de índole tributaria para las regiones de ñuble, del Biobío y de la Araucanía.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso30.pdf