Resolución Exenta N° 41 · OTROS · 31/03/2023

Addendum SII-Interior amplía intercambio de datos

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 41 del 31 de Marzo del 2023

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 41 aprueba un addendum al convenio de intercambio de información entre el SII y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, permitiendo mayor colaboración institucional en el cruce de datos para fines tributarios y de seguridad pública. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes fiscalizados por ambas instituciones, abogados tributaristas que asesoran en procedimientos de fiscalización, y empresas que manejan información sensible sujeta a cruces con registros del Ministerio del Interior. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué establece la Resolución Exenta N° 41? → Aprueba un addendum al convenio de intercambio de información entre el SII y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. - ¿Desde cuándo rige este addendum? → Desde el 31 de marzo de 2023, fecha de publicación de la resolución exenta. - ¿Qué instituciones están involucradas en el convenio? → El Servicio de Impuestos Internos y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública. - ¿Qué tipo de información se comparte bajo este convenio? → Información administrativa y registros oficiales relevantes para fiscalización tributaria y seguridad pública, según los límites legales de cada institución. **Lo que debes tener claro:** - **Ampliación de facultades de fiscalización cruzada:** el addendum permite al SII acceder a bases de datos del Ministerio del Interior que antes requerían solicitudes caso a caso, agilizando auditorías. - **Protección de datos y secreto tributario:** aunque se amplía el intercambio, ambas instituciones mantienen obligaciones de confidencialidad sobre información sensible según la Ley 19.628 y el Código Tributario. - **Impacto en contribuyentes con registros en Interior:** personas naturales o jurídicas con antecedentes en registros de migración, seguridad o identificación civil pueden ver mayor coordinación en sus fiscalizaciones. - **No modifica derechos de defensa:** el addendum es administrativo y no altera las garantías procesales del contribuyente en procedimientos de fiscalización, reclamo o denuncia tributaria. **Ejemplo práctico:** Una empresa de seguridad privada, con RUT 76.123.456-7, es fiscalizada por el SII respecto a sus declaraciones de IVA. Bajo el convenio ampliado, el SII puede solicitar directamente al Ministerio del Interior el registro de sus guardias autorizados y permisos vigentes, cruzando esta información con las planillas de sueldos declaradas. Antes del addendum, esta solicitud tomaba semanas mediante oficio formal; ahora se procesa mediante el sistema de intercambio continuo, reduciendo el plazo a días. La empresa mantiene su derecho a solicitar acceso a la información usada en su contra según el artículo 8° bis del Código Tributario.

Resumen oficial SII

Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso41.pdf