Resolución Exenta N° 48 · IVA · 17/04/2023

Nómina IVA cambio de sujeto régimen 14 ter D 2023

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 48 del 17 de Abril del 2023

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 48 ajusta la lista oficial de contribuyentes acogidos al régimen IVA simplificado (14 ter D) que están obligados a aplicar el mecanismo de cambio de sujeto del impuesto durante el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes acogidos al régimen de tributación simplificada del artículo 14 ter D de la Ley sobre Impuesto a la Renta que venden bienes o prestan servicios a otros contribuyentes, y sus compradores que deben actuar como sujetos del IVA en dichas operaciones. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué actualiza esta resolución? → La nómina de contribuyentes en régimen 14 ter D sujetos al cambio de sujeto del IVA vigente para 2023. - ¿Qué período cubre la nómina ajustada? → Desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2023. - ¿Quiénes deben consultar esta nómina? → Contribuyentes que compran a empresas en régimen simplificado para verificar si deben aplicar cambio de sujeto. - ¿Dónde se publica la nómina oficial? → En el sitio web del SII, actualizada mediante resoluciones exentas durante el año tributario. **Lo que debes tener claro:** - **El cambio de sujeto traslada la obligación del IVA al comprador:** cuando un contribuyente 14 ter D aparece en la nómina, quien le compra debe declarar y pagar el IVA en lugar del vendedor. - **La nómina se ajusta periódicamente durante el año:** contribuyentes pueden entrar o salir del régimen 14 ter D por cambios en su situación tributaria, por lo que debe verificarse antes de cada operación importante. - **Responsabilidad del comprador por verificación:** si un contribuyente figura en la nómina y el comprador no aplica el cambio de sujeto, este último queda expuesto a fiscalizaciones y diferencias de IVA no declarado. - **Aplica solo a operaciones entre contribuyentes:** las ventas a consumidores finales de estos contribuyentes simplificados siguen el tratamiento normal de IVA incluido, sin cambio de sujeto. **Ejemplo práctico:** Una empresa constructora compra materiales por 5.000.000 de pesos a un proveedor acogido al régimen 14 ter D que figura en la nómina vigente de 2023. La constructora debe declarar y pagar 950.000 pesos de IVA (19%) directamente al SII en su declaración mensual, utilizando el código correspondiente a cambio de sujeto, sin que el proveedor simplificado emita factura con IVA. Si la constructora no verifica la nómina y trata la operación como compra normal, el SII puede cobrarle posteriormente el IVA no declarado más intereses y multas.

Resumen oficial SII

Ajusta nómina “contribuyentes IVA SD afectos a cambio de sujeto” que rige entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso48.pdf