Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 63 del 30 de Mayo del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 63 de 2023 modifica el procedimiento extraordinario de la Res. Ex. N° 115/2022, extendiendo el plazo para que las sociedades de profesionales regularicen su inscripción en el Registro de Entidades sin Fines de Lucro del SII sin aplicación de multas ni sanciones. **¿A quién le importa esto?** Sociedades de profesionales constituidas antes del 1 de enero de 2023 que aún no han completado su inscripción en el Registro de Entidades sin Fines de Lucro del SII, especialmente aquellas que califican bajo el régimen del artículo 14 letra D) N° 3 de la LIR y requieren regularizar su situación tributaria. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué modifica esta resolución respecto del plazo original? → Extiende el plazo extraordinario establecido en la Res. Ex. N° 115/2022 para inscribir sociedades de profesionales sin multas. - ¿A quiénes beneficia este procedimiento extraordinario? → A sociedades de profesionales constituidas antes del 1 de enero de 2023 que no completaron su inscripción en plazo. - ¿Qué ventaja tiene acogerse a este procedimiento? → Permite regularizar la inscripción en el Registro de Entidades sin aplicación de multas ni sanciones tributarias. - ¿Qué pasa si la sociedad no se inscribe durante este plazo extraordinario? → Perderá el beneficio de exención de multas y quedará expuesta a sanciones por incumplimiento de obligaciones tributarias. **Lo que debes tener claro:** - **Modificación de plazo, no de requisitos:** la resolución solo extiende el período para acogerse, pero mantiene todas las condiciones y requisitos de inscripción establecidos en la Res. Ex. N° 115/2022. - **Aplica exclusivamente a sociedades constituidas antes de 2023:** las sociedades de profesionales creadas a partir del 1 de enero de 2023 deben inscribirse dentro de los plazos ordinarios, sin acceso a este beneficio extraordinario. - **Beneficio de condonación de multas acotado temporalmente:** el procedimiento extraordinario es una ventana limitada; vencido el nuevo plazo, las sociedades enfrentarán el régimen sancionatorio normal por inscripción tardía o falta de registro. - **Riesgo de invalidez de operaciones anteriores:** sociedades que operaron sin inscripción pueden enfrentar cuestionamientos del SII sobre la aplicación del régimen tributario del artículo 14 D) N° 3 en períodos anteriores, incluso si regularizan ahora. **Ejemplo práctico:** Una sociedad de abogados constituida en octubre de 2022 no completó su inscripción en el Registro de Entidades sin Fines de Lucro del SII dentro del plazo original de la Res. Ex. N° 115/2022. Gracias a la ampliación dispuesta por la Res. Ex. N° 63/2023, puede inscribirse ahora sin pagar la multa de 1 UTM que correspondería por inscripción tardía. Sin embargo, si emitió boletas de honorarios bajo el régimen del artículo 14 D) N° 3 entre noviembre 2022 y mayo 2023 sin estar inscrita, el SII podría cuestionar la validez tributaria de esas operaciones incluso después de regularizar.
Resumen oficial SII
Modifica Res. Ex. SII N° 115 del 2022, en lo referido al procedimiento extraordinario para el registro de las sociedades de profesionales.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso63.pdf