Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 93 del 31 de Agosto del 2023
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 93 del 31 de agosto de 2023 reemplaza completamente el formato, contenido e instrucciones del Formulario 1887 sobre rentas del artículo 42 N°1, otros componentes de remuneración y retenciones de impuesto único de segunda categoría, modificando la normativa vigente desde 2022. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, habilitados y pagadores de rentas del trabajo que deben declarar mensualmente sueldos, honorarios asimilados a sueldos, gratificaciones y retenciones de impuesto único de segunda categoría mediante el Formulario 1887, incluyendo instituciones públicas, empresas privadas y personas naturales con trabajadores dependientes. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué formulario se modifica con esta resolución? → El Formulario 1887 sobre rentas del artículo 42 N°1, componentes de remuneración y retenciones de impuesto único. - ¿Desde qué período tributario aplica el nuevo formato? → Desde el año tributario 2023, según lo establecido en la Resolución Exenta N° 93 del 31.08.2023. - ¿Qué resolución anterior queda modificada? → La Resolución Exenta N° 70 del 31 de agosto de 2022, que regulaba el formato previo del formulario. - ¿Qué aspectos del formulario cambian? → El formato completo, el contenido de los campos a declarar y las instrucciones de llenado del Formulario 1887. **Lo que debes tener claro:** - **Reemplazo total del formato:** no se trata de ajustes menores sino de una renovación completa del Formulario 1887, lo que obliga a los empleadores a revisar exhaustivamente las nuevas instrucciones para evitar declaraciones incorrectas o rechazadas. - **Impacto en sistemas de remuneraciones:** las empresas que generan el archivo 1887 mediante software de nómina deben actualizar sus sistemas informáticos para que reflejen el nuevo contenido y estructura, coordinando con sus proveedores tecnológicos antes de la primera declaración. - **Vigencia desde AT 2023:** aunque la resolución es de agosto 2023, su aplicación rige retroactivamente para todo el año tributario 2023, por lo que declaraciones presentadas bajo el formato antiguo pueden requerir rectificatorias. - **Declaración obligatoria mensual:** el cambio de formato no altera la obligación de presentar mensualmente la declaración jurada por cada trabajador con rentas del artículo 42 N°1, manteniéndose plazos y multas por incumplimiento según artículo 97 N°15 del Código Tributario. **Ejemplo práctico:** Una empresa con 85 trabajadores dependientes que declaraba mensualmente el Formulario 1887 bajo el formato de la Resolución N° 70/2022 debe, desde enero de 2023, utilizar el nuevo formato establecido por la Resolución N° 93/2023. Si en octubre de 2023 presenta la declaración de sueldos de septiembre con el formato antiguo, el sistema del SII la rechazará. Deberá actualizar su software de remuneraciones para generar el archivo con los nuevos campos: si antes declaraba sueldo base de 800.000 pesos con gratificación de 200.000 pesos en campos separados según formato 2022, ahora debe ingresarlos en los recuadros específicos del formato 2023, que pueden tener distinta codificación o agrupación de conceptos.
Resumen oficial SII
Reemplaza formato, contenido e instrucciones de declaración jurada formulario N° 1887 sobre rentas del art. 42 Nº 1 (sueldos), otros componentes de la remuneración y retenciones del impuesto único de segunda categoría de la ley de la renta. Modifica resolución exenta N° 70 del 31.08.2022.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2023/reso93.pdf