Circular N° 33 · OTROS · 26/07/2024

Derogación total de Circular N° 11 de 2024

Materia del circular

Circular N° 33 del 26 de Julio del 2024

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 33 del 26 de julio de 2024 deja sin efecto todas las instrucciones contenidas en la Circular N° 11 de 2024, eliminando los criterios o procedimientos que esta última había establecido. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes y profesionales tributarios que hayan ajustado procedimientos, criterios de interpretación o prácticas administrativas en base a lo instruido en la Circular N° 11 de 2024, independientemente del tipo de operación o régimen tributario afectado por dicha circular. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué efectos tiene la Circular 33/2024? → Deroga completamente la Circular 11/2024, anulando todas sus instrucciones. - ¿Desde cuándo rige la derogación? → Desde el 26 de julio de 2024, fecha de publicación de la Circular 33. - ¿Qué régimen normativo aplica tras la derogación? → El vigente inmediatamente antes de la Circular 11/2024, salvo normativa posterior. - ¿Afecta a procedimientos ya iniciados bajo Circular 11? → Sí, deben ajustarse al régimen anterior salvo derechos adquiridos específicos. **Lo que debes tener claro:** - **Derogación total sin reemplazo:** la Circular 33 no introduce nuevas instrucciones, solo elimina las de la Circular 11, generando un vacío normativo que se llena con las reglas previas. - **Impacto retroactivo en trámites pendientes:** procedimientos administrativos, fiscalizaciones o declaraciones que se estaban tramitando bajo criterios de la Circular 11 deben revisarse y ajustarse al régimen anterior. - **Falta de información sobre motivos:** la circular no explica las razones de la derogación, lo que genera incertidumbre sobre errores técnicos, cambios de criterio o problemas de aplicación práctica. - **Riesgo de descoordinación administrativa:** contribuyentes que cumplieron instrucciones de Circular 11 entre su emisión y julio 2024 pueden quedar en situación irregular si no rectifican actuaciones conforme al régimen restaurado. **Ejemplo práctico:** Una empresa de construcción que entre enero y julio de 2024 aplicó un criterio de reconocimiento de ingresos según lo instruido en la Circular 11/2024, declarando 85.000.000 de pesos bajo ese método, debe revisar si tras la Circular 33 ese tratamiento sigue siendo válido. Si la Circular 11 había modificado el momento de reconocimiento de ingresos por obras en curso y esa modificación queda sin efecto, la empresa podría necesitar presentar declaraciones rectificatorias para ajustarse al criterio vigente antes de enero 2024, evitando observaciones en futuras fiscalizaciones.

Resumen oficial SII

Deja sin efecto lo instruido en la Circular N° 11 de 2024.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2024/circu33.pdf