Materia del circular
Circular N° 43 del 10 de Octubre del 2024
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular N° 43 establece los valores oficiales diarios de la Unidad de Fomento que tienen fuerza legal para todas las operaciones de crédito de dinero durante el período comprendido entre el 10 de octubre y el 9 de noviembre de 2024, según lo dispuesto en la Ley N° 18.010. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, empresas que otorgan o reciben créditos en UF, contadores que registran operaciones crediticias, contribuyentes con obligaciones tributarias indexadas a UF, y cualquier persona natural o jurídica que realice operaciones de crédito de dinero con cláusulas de reajustabilidad. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué valor de UF debe usarse para operaciones de crédito en este período? → El valor oficial diario publicado en esta Circular, vigente entre el 10 de octubre y 9 de noviembre de 2024. - ¿Qué ocurre si se usa un valor de UF distinto al oficial? → La operación no cumple con la Ley 18.010 y podría ser objetada tributariamente o invalidada contractualmente. - ¿Aplica este valor solo a operaciones bancarias? → No, aplica a todas las operaciones de crédito de dinero, sean bancarias, comerciales o entre particulares. - ¿Dónde se consulta el valor oficial diario dentro del período? → En la tabla anexa de la Circular N° 43 del SII, que contiene los 31 valores diarios del período. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad legal del valor publicado:** la Ley N° 18.010 sobre operaciones de crédito de dinero establece que el valor oficial de la UF es el determinado y publicado por el SII, no el del Banco Central ni otras fuentes. - **Período de vigencia específico y acotado:** estos valores rigen exclusivamente para operaciones celebradas, devengadas o pagadas entre el 10 de octubre y el 9 de noviembre de 2024; fuera de ese rango se aplican otras circulares. - **Impacto en registros contables y declaraciones:** contadores deben usar estos valores para convertir obligaciones en UF a pesos chilenos al momento del registro, pago de intereses o amortización de capital bajo criterio devengado. - **Riesgo de usar fuentes no oficiales:** plataformas comerciales o bancos pueden publicar valores con redondeos distintos; usar un valor no oficial puede generar diferencias en auditorías tributarias o disputas contractuales. **Ejemplo práctico:** Una empresa otorga un crédito de 1.000 UF a un proveedor el 15 de octubre de 2024, con pago de intereses mensuales el día 30. Para registrar el monto del crédito en pesos al 15 de octubre, debe usar el valor oficial de UF publicado en la Circular N° 43 para ese día (por ejemplo, 37.500 pesos por UF, resultando en 37.500.000 pesos). Al 30 de octubre, para registrar el pago de intereses de 10 UF, debe usar el valor oficial de ese día (por ejemplo, 37.550 pesos, resultando en 375.500 pesos). Si usa valores de otra fuente con diferencias de centavos, podría tener descuadres acumulados en auditorías o fiscalizaciones del SII.
Resumen oficial SII
Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de octubre de 2024 y el 9 de noviembre de 2024, ambos inclusive.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2024/circu43.pdf