Oficio N° 0553 · IVA · 21/03/2024

Ventas ZF Iquique a Chile pagan IVA como importación

Materia del oficio

Ventas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 2001, Art. 10 Bis – Circular N° 37 de 1982 – Circular N° 16 de 1982 – Resolución Ex. N° 601 de 1982.

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Los usuarios de zona franca de Iquique que venden mercancías al resto del territorio nacional deben pagar IVA por esas operaciones, ya que el beneficio de zona franca no exime del impuesto en ventas que constituyen importaciones al territorio aduanero común. **¿A quién le importa esto?** Empresas constituidas como usuarios de zona franca de Iquique que realizan ventas de mercancías desde la zona franca hacia el resto del territorio nacional (territorio aduanero común), particularmente aquellas que creen estar exentas de IVA por su condición de usuario ZF. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Los usuarios de zona franca pagan IVA en ventas al resto de Chile? → Sí, toda venta desde zona franca a territorio nacional constituye importación afecta a IVA. - ¿El régimen de zona franca exime del IVA en ventas nacionales? → No, el beneficio ZF solo aplica a operaciones dentro de la zona franca o exportaciones. - ¿Qué base legal establece esta tributación? → Artículo 10 bis del DFL N°2 de 2001 y Circulares 37/1982 y 16/1982. - ¿Cuándo se genera el hecho gravado con IVA? → Al momento de la venta o retiro de mercancías desde zona franca a territorio nacional. **Lo que debes tener claro:** - **La venta desde zona franca equivale a importación:** cuando un usuario ZF vende mercancías al territorio aduanero común, esa operación se considera jurídicamente una importación afecta a IVA según el artículo 10 bis. - **El beneficio de zona franca no es absoluto:** el régimen especial solo exime de IVA las operaciones realizadas íntegramente dentro de la zona franca o las exportaciones al exterior, no las ventas al mercado nacional. - **Obligación de emisión de documentos tributarios:** el usuario ZF debe emitir factura con IVA y declarar el impuesto en Formulario 29 como cualquier contribuyente del territorio común. - **Riesgo de fiscalización retroactiva:** usuarios que no han declarado IVA en estas ventas pueden enfrentar giros por diferencias de impuesto, intereses y multas por periodos no prescritos si el SII detecta la omisión. **Ejemplo práctico:** Una empresa constituida como usuario de zona franca en Iquique importa componentes electrónicos desde Asia y los almacena en la ZF sin pagar IVA. Posteriormente vende un lote valorado en 50.000.000 de pesos netos a una empresa retail de Santiago. Esta venta constituye una importación desde zona franca a territorio nacional: debe emitir factura con 9.500.000 de IVA (19%), declararlo en F29 y enterarlo en arcas fiscales, exactamente como si fuera una importación ordinaria por aduana.

Resumen oficial SII

Usuario de zona franca de Iquique.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=2dbd6481-d506-4c15-9aff-c05ce881f1ba&nombreDocumento=0553-21_03_2024.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf