Oficio N° 551 · RENTA · 21/03/2024

Activo inmovilizado exige uso efectivo productivo

Materia del oficio

Renta – Ley sobre Impuesto a la– Art. 31 N° 5 – Circular N° 53, de 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Un bien solo se considera activo inmovilizado cuando se destina efectivamente a la actividad productiva de la empresa, no basta la simple adquisición o intención de uso futuro; la calificación depende de evidencia concreta del destino y uso real del bien. **¿A quién le importa esto?** Empresas que adquieren bienes de capital para uso en su actividad productiva, especialmente aquellas que necesitan depreciar activos bajo el artículo 31 N° 5 de la LIR y deben demostrar que los bienes están efectivamente destinados a generar renta. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cuándo un bien califica como activo inmovilizado? → Cuando se destina efectivamente al uso en la actividad productiva de la empresa, no solo al adquirirlo. - ¿La intención de uso futuro es suficiente para calificar el activo? → No, debe existir evidencia concreta de destino efectivo al uso productivo, no solo la intención. - ¿Qué normativa regula la calificación de activos inmovilizados? → El artículo 31 N° 5 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y la Circular N° 53 de 2020. - ¿Puede depreciarse un bien adquirido pero no puesto en uso? → No, la depreciación procede solo cuando el bien está destinado efectivamente a la actividad productiva. **Lo que debes tener claro:** - **Destino efectivo es requisito esencial:** no basta la adquisición ni el registro contable del bien; debe existir evidencia de que está siendo usado en la actividad generadora de renta de la empresa. - **La Circular N° 53 de 2020 establece el estándar:** este criterio refuerza que la calificación tributaria de activo inmovilizado depende de la realidad económica del uso, no de clasificaciones contables formales. - **Riesgo de rechazo de depreciaciones prematuras:** empresas que deprecian bienes adquiridos pero no puestos en uso pueden ver rechazado el gasto en una fiscalización por falta de destino efectivo. - **Prueba de destino puede ser operativa o documental:** contratos de arriendo de maquinaria, bitácoras de uso, registros de producción o certificaciones técnicas pueden demostrar el destino efectivo al uso productivo. **Ejemplo práctico:** Una empresa constructora adquiere una grúa torre avaluada en 180.000.000 de pesos en marzo de 2024, pero la mantiene en bodega hasta julio cuando inicia un nuevo proyecto. Aunque la grúa se registró contablemente en marzo, solo califica como activo inmovilizado en julio cuando efectivamente se destina a la obra: las depreciaciones solo pueden computarse desde julio en adelante , no desde la fecha de compra. Si la empresa hubiera depreciado desde marzo, el SII podría rechazar esos meses por falta de destino efectivo al uso productivo.

Resumen oficial SII

Calificación de bienes del activo inmovilizado.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=692dedcf-a2a5-4797-81b5-a38fbc20c3d3&nombreDocumento=551-21_03_2024.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf