Resolución Exenta N° 55 · OTROS · 07/05/2024

Organismos públicos autorizados como receptores DTE

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 55 del 07 de Mayo del 2024

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 55 autoriza a organismos públicos específicos como receptores electrónicos de DTE, permitiéndoles recibir documentos tributarios electrónicos sin necesidad de obtener certificado digital previo ante el SII. **¿A quién le importa esto?** Organismos públicos que requieren recibir facturas y documentos tributarios electrónicos de proveedores, particularmente aquellos que gestionan compras y adquisiciones estatales y necesitan operar dentro del sistema de facturación electrónica sin tramitar certificación digital individual. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué organismos públicos fueron autorizados como receptores electrónicos? → Los organismos específicamente individualizados en la Resolución Exenta N° 55, según nómina oficial del SII. - ¿Necesitan estos organismos certificado digital para recibir DTE? → No, la autorización los habilita directamente como receptores sin certificación digital previa. - ¿Desde cuándo rige esta autorización? → Desde el 07 de mayo de 2024, fecha de la resolución exenta. - ¿Pueden otros organismos públicos solicitar esta autorización? → Sí, mediante solicitud formal al SII siguiendo el procedimiento establecido para receptores electrónicos. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización administrativa directa:** los organismos incluidos quedan habilitados por resolución expresa del SII, sin necesidad de tramitar certificado digital ni pasar por proceso de certificación técnica individual. - **Facilita adquisiciones públicas electrónicas:** permite que entidades estatales reciban DTE de proveedores directamente en sus sistemas, agilizando procesos de compra y pago sin barreras tecnológicas adicionales. - **Diferencia con contribuyentes privados:** mientras empresas privadas deben certificarse como receptores electrónicos mediante proceso técnico, los organismos públicos autorizados obtienen habilitación administrativa simplificada. - **Requisito de nómina oficial:** solo los organismos expresamente individualizados en la resolución quedan autorizados; otras entidades públicas no listadas deben solicitar autorización específica o certificarse mediante proceso regular. **Ejemplo práctico:** El Ministerio de Obras Públicas figura en la nómina de organismos autorizados por Resolución N° 55. A partir del 07 de mayo de 2024, puede recibir directamente facturas electrónicas de 150 proveedores de materiales de construcción sin necesidad de obtener certificado digital ni pasar por proceso de certificación técnica ante el SII. Un proveedor emite factura electrónica por 85.000.000 de pesos y el ministerio la recibe automáticamente en su sistema de compras públicas. En contraste, una fundación privada que presta servicios al Estado debe certificarse como receptor electrónico mediante proceso técnico completo antes de recibir DTE.

Resumen oficial SII

Autoriza como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos a organismos públicos que indica.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso55.pdf