Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 78 del 05 de Agosto del 2024
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 78 de agosto 2024 autoriza formalmente a un grupo de contribuyentes identificados a adoptar el modelo de operación de contabilidad electrónica del SII, permitiéndoles reemplazar sus registros físicos por un sistema digital integrado con la plataforma tributaria. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes autorizados expresamente por esta resolución que desean implementar contabilidad digital completa, así como asesores contables y empresas evaluando migrar desde libros físicos a sistemas electrónicos integrados con el SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué permite esta resolución a los contribuyentes autorizados? → Operar bajo el modelo de contabilidad electrónica del SII, reemplazando libros físicos por registros digitales. - ¿Quiénes pueden acogerse a este modelo según la resolución? → Solo los contribuyentes específicamente individualizados en la nómina oficial de esta resolución. - ¿Es obligatorio adoptar contabilidad electrónica para estos contribuyentes? → No, la autorización es facultativa: pueden mantener registros tradicionales si lo prefieren. - ¿Desde cuándo rige la autorización para operar digitalmente? → Desde la publicación de la resolución (05/08/2024), salvo instrucción específica en la nómina. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización nominativa y no automática:** solo los contribuyentes expresamente listados en esta resolución pueden migrar al modelo electrónico; no es un beneficio general disponible para cualquiera que lo solicite. - **Reemplaza obligaciones formales tradicionales:** quienes adopten el modelo electrónico quedan liberados de timbrar y mantener libros contables físicos (Diario, Mayor, Inventarios y Balances), integrándose directamente con sistemas del SII. - **Implica cumplimiento técnico continuo:** los contribuyentes autorizados deben mantener conectividad permanente con la plataforma del SII, enviar información en formatos y plazos establecidos, y asegurar integridad de datos bajo estándares técnicos específicos. - **Riesgo de perder autorización:** incumplimientos técnicos, operativos o de plazos pueden derivar en revocación de la autorización, forzando retorno al sistema de libros físicos con sus costos y complejidades asociadas. **Ejemplo práctico:** Una empresa de servicios logísticos aparece en la nómina oficial de la Resolución Exenta N° 78. A partir del 05/08/2024 queda autorizada para registrar todas sus operaciones mensuales (ventas por 85.000.000, costos por 62.000.000, gastos por 18.000.000) directamente en la plataforma electrónica del SII, sin necesidad de timbrar Libro Diario ni Mayor en papel. Sin embargo, si durante 2025 incumple plazos de envío de información por tres meses consecutivos, el SII puede revocar su autorización, obligándola a volver a libros físicos y regularizar timbres retroactivamente.
Resumen oficial SII
Autoriza a proceder conforme al modelo de operación de contabilidad electrónica a los contribuyentes que señala
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso78.pdf