Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 98 del 10 de Octubre del 2024
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 98 establece un registro oficial de asociaciones culturales ante el SII, reemplazando el sistema anterior y creando un mecanismo formal de acreditación para efectos tributarios. **¿A quién le importa esto?** Asociaciones, corporaciones y fundaciones culturales sin fines de lucro que requieren acreditar formalmente su calidad para acceder a beneficios tributarios, donaciones o exenciones vinculadas a actividades culturales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué crea esta resolución? → Un registro oficial de asociaciones culturales ante el SII con validez tributaria. - ¿Qué resolución anterior queda sin efecto? → La Resolución Exenta N° 6 de 2024, que regulaba el tema previamente. - ¿Quiénes deben inscribirse en este registro? → Asociaciones, corporaciones y fundaciones culturales que necesiten acreditar su calidad ante el SII. - ¿Desde cuándo rige este nuevo registro? → Desde el 10 de octubre de 2024, fecha de publicación de la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Registro obligatorio para efectos tributarios:** las asociaciones culturales que pretendan invocar beneficios fiscales o recibir donaciones con franquicia tributaria deben inscribirse formalmente en el SII, no basta con su constitución legal. - **Reemplaza sistema anterior de solo 6 meses:** la Resolución N° 6 de 2024 queda sin efecto, por lo que las asociaciones inscritas bajo ese régimen deberán ajustarse al nuevo procedimiento establecido en la Res. 98. - **Diferencia con otros registros:** este registro es específico para asociaciones culturales, distinto del registro de donatarios del artículo 46 o del registro de instituciones deportivas, cada uno con requisitos propios. - **Riesgo de pérdida de beneficios:** asociaciones culturales que operaban informalmente o solo con personalidad jurídica podrían perder acceso a franquicias tributarias si no formalizan su inscripción en el nuevo registro SII. **Ejemplo práctico:** Una fundación cultural sin fines de lucro que organiza festivales de música folclórica y recibe donaciones de empresas acogidas al artículo 46 de la Ley de Impuesto a la Renta debe inscribirse en el nuevo registro de asociaciones culturales del SII. Aunque obtuvo su personalidad jurídica en 2022 y se inscribió bajo la Resolución N° 6 en enero 2024, debe actualizar su inscripción conforme a la Resolución N° 98 vigente desde octubre 2024 para mantener la validez tributaria de las donaciones recibidas, estimadas en 15.000.000 de pesos anuales.
Resumen oficial SII
Crea registro de asociaciones culturales y deja sin efecto la Resolución Ex. SII N° 6 de 2024.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2024/reso98.pdf