Materia del circular
Circular N° 11 del 30 de Enero del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Ley 21.713 modifica la depreciación instantánea del artículo 31 N°5 LIR, ajusta límites del artículo 10, y establece normas antiabuso para contratos de leasing en los artículos 41 G y 41 H, aplicables desde el 1 de enero de 2025. **¿A quién le importa esto?** Empresas que adquieren activos fijos nuevos susceptibles de depreciación instantánea, contribuyentes que celebran contratos de leasing como arrendadores o arrendatarios, y asesores tributarios que deben aplicar las nuevas reglas antiabuso y límites de deducción desde el año tributario 2026. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rige la modificación a la depreciación instantánea del artículo 31 N°5? → Desde el 1 de enero de 2025, para activos adquiridos desde esa fecha. - ¿Qué cambia en el artículo 10 sobre rentas exentas de leasing? → Se ajustan límites y condiciones para la exención de rentas de contratos de leasing internacional. - ¿Qué normas antiabuso introduce la ley en los artículos 41 G y 41 H? → Restricciones para evitar uso abusivo de contratos de leasing con fines de elusión tributaria. - ¿Qué circulares anteriores quedan modificadas por esta instrucción? → Las Circulares N° 14 de 2014, N° 12 de 2015 y N° 40 de 2016. **Lo que debes tener claro:** - **Depreciación instantánea restringida:** las modificaciones al artículo 31 N°5 LIR ajustan requisitos y condiciones para depreciar instantáneamente activos fijos nuevos, limitando potenciales abusos en planificaciones agresivas. - **Leasing internacional con nuevos límites:** el artículo 10 establece topes actualizados para que las rentas de contratos de leasing internacional gocen de exención, afectando estructuras de financiamiento de activos importados. - **Normas antiabuso en leasing local:** los artículos 41 G y 41 H incorporan cláusulas que invalidan beneficios tributarios cuando el contrato de leasing carece de sustancia económica real o busca exclusivamente diferir o evitar impuestos. - **Vigencia diferida según tipo de operación:** aunque la ley rige desde enero 2025, ciertas disposiciones sobre contratos vigentes pueden tener aplicación gradual o exceptuar acuerdos anteriores bajo reglas transitorias no especificadas en el resumen. **Ejemplo práctico:** Una empresa industrial adquiere el 15 de febrero de 2025 maquinaria nueva por 80.000.000 de pesos. Bajo el artículo 31 N°5 LIR modificado, debe verificar que el activo cumpla los nuevos requisitos (ser nuevo, productivo, no exceder topes) para aplicar depreciación instantánea en su declaración de renta AT 2026. Paralelamente, si celebra un contrato de leasing internacional para importar equipos por USD 500.000, las rentas del arrendador extranjero solo quedarán exentas si respetan los límites del artículo 10 reformado; de lo contrario, tributarán con retención del 35% en Chile. Si el SII detecta que el leasing carece de sustancia (ejemplo: el arrendatario controla al arrendador o el activo nunca sale de Chile), aplicará las normas antiabuso de los artículos 41 G y 41 H, rechazando deducciones y exenciones reclamadas.
Resumen oficial SII
Imparte instrucciones sobre las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.713 a los artículos 10, 41 G y 41 H, todos de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Modifica y complementa las Circulares N° 14 de 2014, N° 12 de 2015, y N° 40 de 2016
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2025/circu11.pdf