Circular N° 14 · RENTA · 10/02/2025

Tablas impuesto único segunda categoría marzo 2025

Materia del circular

Circular N° 14 del 10 de Febrero del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 14 establece las tablas de impuesto único de segunda categoría aplicables a partir de marzo de 2025, que los empleadores y entidades pagadoras deben usar para calcular las retenciones mensuales sobre sueldos, pensiones y otras rentas del trabajo. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, departamentos de recursos humanos, contadores que procesan planillas de remuneraciones, administradoras de fondos de pensiones, y entidades pagadoras de rentas de segunda categoría que deben calcular retenciones mensuales conforme al impuesto único. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen las nuevas tablas de retención de segunda categoría? → Desde el mes de marzo de 2025, aplicables a todas las rentas pagadas o abonadas en ese período. - ¿Quiénes deben aplicar estas tablas actualizadas? → Todos los empleadores y entidades pagadoras de rentas del trabajo dependiente, pensiones y rentas accesorias o complementarias de segunda categoría. - ¿Qué pasa si se siguen usando las tablas anteriores? → Las retenciones quedarán incorrectas, generando diferencias tributarias que deberán regularizarse en la operación renta o mediante declaraciones rectificatorias. - ¿Estas tablas modifican los tramos o tasas del impuesto único? → No necesariamente las tasas, pero ajustan los rangos de renta y factores de actualización por inflación y cambios en UTM. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad inmediata desde marzo:** los sistemas de pago de remuneraciones deben actualizarse antes del primer pago de marzo para aplicar correctamente las nuevas tablas, evitando retenciones insuficientes o excesivas. - **Ajuste anual por factores de actualización:** las tablas incorporan la variación de la UTM y la inflación del período anterior, modificando los tramos de renta imponible sin que necesariamente cambien las tasas marginales. - **Impacta a toda renta de segunda categoría:** no solo sueldos, sino también honorarios asimilados a sueldos, pensiones, y gratificaciones deben calcularse con las nuevas tablas para determinar la retención correcta. - **Riesgo de contingencias en operación renta:** si un empleador no actualiza las tablas, los trabajadores enfrentarán diferencias a pagar o devoluciones incorrectas en abril, generando reclamos y eventuales fiscalizaciones al empleador. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga en marzo 2025 un sueldo bruto de 2.500.000 pesos a un trabajador. Si aplica las tablas antiguas de febrero, podría retener 180.000 pesos de impuesto único; con las tablas actualizadas de marzo, la retención correcta es 185.400 pesos debido al ajuste de tramos por UTM. Si no actualiza, el trabajador tendrá una diferencia a pagar de 5.400 pesos en su declaración anual, y la empresa podría enfrentar observaciones del SII por retenciones sistemáticamente incorrectas durante todo el año.

Resumen oficial SII

Tablas de impuesto único de segunda categoría para el mes de marzo de 2025 e información adicional relacionada con dicho tributo.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2025/circu14.pdf