Materia del circular
Circular N° 27 del 10 de Abril del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular N° 27 establece las tablas de impuesto único de segunda categoría aplicables a las remuneraciones de mayo 2025, actualizando los tramos de retención según la UTA vigente para ese mes, lo que determina cuánto impuesto se descuenta mensualmente a trabajadores dependientes. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, departamentos de remuneraciones, contadores que calculan liquidaciones de sueldo, y trabajadores dependientes que reciben rentas gravadas con impuesto único de segunda categoría durante mayo 2025. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué establece la Circular N° 27 de abril 2025? → Las tablas de retención del impuesto único de segunda categoría aplicables a sueldos pagados en mayo 2025. - ¿A quién se aplica este impuesto único? → A trabajadores dependientes que perciben rentas de segunda categoría (sueldos, salarios, pensiones). - ¿Con qué periodicidad se actualizan estas tablas? → Mensualmente, mediante circular que publica los tramos y tasas según la UTA vigente cada mes. - ¿Desde cuándo rigen estas tablas? → Desde el 1 de mayo de 2025 para todas las rentas pagadas o puestas a disposición durante ese mes. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización mensual obligatoria:** los empleadores deben aplicar las tablas del mes correcto; usar tablas antiguas genera retenciones incorrectas y posibles diferencias en abril del año siguiente. - **La UTA determina los tramos:** aunque las tasas marginales son fijas por ley, los rangos en pesos se recalculan cada mes según la UTA vigente, por lo que un mismo sueldo puede cambiar de tramo entre meses. - **Aplica también a pensiones y honorarios asimilados a sueldos:** no solo sueldos del sector privado, sino también pensiones, montepíos y rentas accesorias o complementarias de segunda categoría están sujetas a esta retención mensual. - **Diferencias se ajustan en operación renta:** si las retenciones mensuales fueron insuficientes o excesivas por aplicar tablas equivocadas, el contribuyente debe declarar en abril del año siguiente para ajustar el impuesto anual definitivo. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga el 5 de mayo de 2025 un sueldo bruto de 1.800.000 pesos a un trabajador. Según la UTA de mayo 2025, ese monto cae en el tramo que retiene una tasa marginal específica publicada en la Circular N° 27. Si el empleador usara por error las tablas de abril, la retención sería incorrecta y el trabajador enfrentaría una diferencia a pagar o a devolver en su declaración anual de renta en abril 2026. Caso excepcional: si el trabajador recibe además un bono extraordinario ese mes que eleva su renta total a 3.500.000 pesos, debe aplicarse la tabla progresiva considerando el total imponible, lo que puede ubicarlo en un tramo superior con mayor retención.
Resumen oficial SII
Tablas de impuesto único de segunda categoría para el mes de mayo de 2025 e información adicional relacionada con dicho tributo.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2025/circu27.pdf