Circular N° 8 · OTROS · 28/01/2025

Factores IPC e interés penal febrero 2025

Materia del circular

Circular N° 8 del 28 de Enero del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 8 establece los factores de reajuste por IPC y las tasas de interés penal aplicables durante febrero 2025 para calcular reajustes, intereses y multas en pagos fuera de plazo, devoluciones, rectificatorias y fiscalizaciones. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes que durante febrero 2025 deban pagar impuestos fuera de plazo, presentar declaraciones rectificatorias, regularizar deudas tributarias, calcular devoluciones de impuestos o enfrentar procesos de fiscalización donde se determinen diferencias de impuestos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información contiene esta circular mensual? → Factores de reajuste por IPC, tasas de interés penal y tablas para calcular reajustes y multas durante febrero 2025. - ¿Quiénes deben aplicar estos factores? → Contribuyentes que paguen impuestos atrasados, rectifiquen declaraciones o regularicen deudas durante febrero 2025. - ¿Cómo se actualizan estas tablas? → Mensualmente, a través de circular emitida por la Subdirección de Fiscalización del SII. - ¿Qué pasa si uso factores de otro mes? → El cálculo será incorrecto y podría generar diferencias en pago insuficiente o excesivo de reajustes e intereses. **Lo que debes tener claro:** - **Vigencia estricta durante febrero 2025:** estos factores solo aplican para operaciones tributarias realizadas, pagadas o regularizadas durante el mes calendario de febrero, no antes ni después. - **Afecta múltiples situaciones tributarias:** no solo pagos atrasados, sino también declaraciones rectificatorias, solicitudes de devolución, pagos provisionales mensuales fuera de plazo y liquidaciones de fiscalización. - **Componentes del cálculo:** las tablas incluyen tanto el factor de reajuste por variación del IPC como la tasa de interés penal del 1,5% mensual establecida en el Código Tributario. - **Riesgo de error manual:** contribuyentes que calculen manualmente reajustes e intereses sin consultar la circular vigente pueden incurrir en diferencias que generen nuevas multas por pago insuficiente o reclamos innecesarios por sobrepago. **Ejemplo práctico:** Una empresa debe pagar IVA de diciembre 2024 cuyo vencimiento fue el 12 de enero 2025, pero recién lo paga el 10 de febrero 2025. Para calcular el reajuste e interés penal aplicable, debe usar los factores publicados en esta Circular N° 8: aplica el factor de reajuste IPC correspondiente al período entre enero y febrero, más el interés penal del 1,5% mensual por el mes de atraso. Si el IVA original era 2.000.000 de pesos y el factor de reajuste es 1,003 (ejemplo), el monto reajustado sería 2.006.000 pesos, más 30.090 pesos de interés penal (1,5%), totalizando 2.036.090 pesos a pagar.

Resumen oficial SII

Informa tabla de cálculos de reajustes y multas para el mes de febrero 2025.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2025/circu8.pdf