Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 02 del 03 de Enero del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 02 del 03 de enero de 2025 autoriza expresamente a ciertos contribuyentes individualizados a adoptar el modelo de operación de contabilidad electrónica, permitiéndoles llevar su contabilidad bajo este sistema digital. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes específicamente individualizados por el SII en la resolución, que llevan contabilidad completa y buscan migrar o que han solicitado operar bajo el sistema de contabilidad electrónica. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza esta resolución? → Permite a contribuyentes específicos adoptar el modelo de contabilidad electrónica. - ¿Desde cuándo rige esta autorización? → Desde el 03 de enero de 2025, según fecha de la resolución. - ¿Aplica a todos los contribuyentes? → No, solo a aquellos expresamente individualizados en la resolución. - ¿Qué implica operar bajo contabilidad electrónica? → Llevar registros contables en formato digital conforme al modelo establecido por el SII. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización individual y no general:** esta resolución no habilita masivamente a todos los contribuyentes, sino únicamente a aquellos expresamente señalados en el documento. - **Modelo de operación específico:** los autorizados deben ceñirse al modelo de contabilidad electrónica definido por el SII, no a sistemas propios incompatibles. - **Fecha de vigencia inmediata:** la autorización rige desde enero 2025, por lo que los contribuyentes señalados pueden comenzar operaciones electrónicas de inmediato sin trámites adicionales. - **No reemplaza obligaciones de solicitud:** contribuyentes no incluidos que deseen adoptar contabilidad electrónica deben seguir solicitándola formalmente ante el SII; esta resolución no los ampara. **Ejemplo práctico:** Una empresa comercial con RUT 76.XXX.XXX-X que solicitó en 2024 migrar a contabilidad electrónica aparece individualizada en la Resolución Exenta N° 02. A partir del 03 de enero de 2025, puede llevar su libro diario, mayor y balance en formato digital bajo el modelo SII, emitiendo asientos electrónicos válidos para fiscalización. En cambio, otra empresa con RUT 77.YYY.YYY-Y que NO aparece en la resolución debe continuar con contabilidad física o solicitar formalmente la autorización, sin poder ampararse en esta resolución.
Resumen oficial SII
Autoriza a proceder conforme al modelo de operación de contabilidad electrónica a los contribuyentes que señala
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso2.pdf