Resolución Exenta N° 03 · OTROS · 07/01/2025

Organismo público autorizado como receptor de DTE

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 03 del 07 de Enero del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII autoriza a organismos públicos como receptores electrónicos de documentos tributarios electrónicos mediante resolución exenta, estableciendo un procedimiento formal para que entidades estatales puedan participar del sistema de facturación electrónica. **¿A quién le importa esto?** Organismos públicos, municipalidades, servicios del Estado y entidades gubernamentales que necesitan recibir documentos tributarios electrónicos como parte de sus procesos de adquisición, pago de proveedores o fiscalización de terceros. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Pueden los organismos públicos recibir DTE sin autorización? → No, requieren autorización expresa del SII mediante resolución exenta. - ¿Qué tipo de acto administrativo autoriza a un organismo público como receptor? → Una resolución exenta del SII, que modifica el registro de receptores autorizados. - ¿Esta autorización es permanente o temporal? → Permanente, salvo revocación o modificación posterior mediante nueva resolución. - ¿Qué resolución mantiene el registro actualizado de receptores autorizados? → La Resolución N°80 de 2024, que se modifica cada vez que se autoriza un nuevo receptor. **Lo que debes tener claro:** - **Procedimiento formal obligatorio:** los organismos públicos no quedan automáticamente habilitados como receptores de DTE por su naturaleza estatal, deben tramitar la autorización ante el SII. - **Modificación incremental del registro:** cada nueva autorización modifica la Resolución N°80/2024, creando un historial de receptores autorizados que se actualiza progresivamente. - **Diferencia con contribuyentes privados:** mientras las empresas privadas acceden al sistema de DTE mediante certificación técnica, los organismos públicos requieren un acto administrativo específico. - **Implicancia para proveedores del Estado:** si un organismo público no está autorizado como receptor electrónico, sus proveedores podrían enfrentar dificultades para emitir DTE válidos en procesos de compra pública. **Ejemplo práctico:** Un municipio de la Región Metropolitana necesita implementar facturación electrónica para sus 450 proveedores habituales que emiten mensualmente documentos por aproximadamente 180.000.000 de pesos. El municipio debe solicitar al SII su autorización como receptor electrónico de DTE; una vez aprobada mediante resolución exenta, esta modifica la Resolución N°80/2024 agregando al municipio al registro oficial. Sin esta autorización previa, el municipio no podría recibir formalmente las facturas electrónicas de sus proveedores dentro del sistema tributario oficial.

Resumen oficial SII

Autoriza como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos a organismo público que indica. Modifica la Resolución N°80, de 2024.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso3.pdf