Resolución Exenta N° 06 · RENTA · 09/01/2025

Ajuste correlativo en precios de transferencia

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 06 del 09 de Enero del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 06 establece un procedimiento formal y actualizado para que los contribuyentes soliciten ajustes correspondientes o correlativos de precios de transferencia cuando una contraparte relacionada ha sido fiscalizada, reemplazando la normativa de 2013. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que realizan operaciones con partes relacionadas en el extranjero o en Chile, especialmente aquellos cuyas contrapartes han sido objeto de ajustes de precios de transferencia por parte del SII o autoridades extranjeras, y que necesitan solicitar el ajuste correlativo para evitar doble tributación. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué permite solicitar esta resolución? → Ajustes correspondientes o correlativos cuando el SII u otra administración tributaria ajustó precios de transferencia de una contraparte relacionada. - ¿Quién puede presentar la solicitud de ajuste correlativo? → El contribuyente relacionado afectado por el ajuste realizado a su contraparte, sea esta nacional o extranjera. - ¿Qué normativa deroga esta resolución? → Deja sin efecto completamente la Resolución Exenta SII N° 67 de 2013 que regulaba el mismo procedimiento. - ¿Desde cuándo rige el nuevo procedimiento? → Desde el 9 de enero de 2025, fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 06. **Lo que debes tener claro:** - **Elimina vacío normativo de 12 años:** la resolución de 2013 quedó desactualizada con las reformas tributarias posteriores; este nuevo procedimiento incorpora los cambios del artículo 41 E y normativa vigente de precios de transferencia. - **Requisito de documentación completa:** el contribuyente debe aportar la resolución o acto administrativo que estableció el ajuste a la contraparte relacionada, más toda la documentación respaldatoria de las operaciones afectadas. - **Evita doble tributación económica:** cuando el SII ajusta al alza la renta de una parte relacionada en Chile, la contraparte puede solicitar ajuste correlativo a la baja para que la misma utilidad no tribute dos veces en jurisdicciones distintas. - **Procedimiento formal obligatorio:** no basta con declarar el ajuste; debe seguirse el trámite administrativo ante la Subdirección de Fiscalización con plazos y formas específicas que la resolución detalla. **Ejemplo práctico:** Una empresa chilena vendió mercaderías a su matriz extranjera por 800 millones de pesos. El SII fiscaliza y determina que el precio de libre competencia debió ser 1.000 millones, ajustando al alza la renta de la chilena en 200 millones. La matriz extranjera, que registró un costo de 800 millones en su país, puede solicitar ante el SII el ajuste correlativo para aumentar su costo a 1.000 millones y reducir su base imponible extranjera, evitando que los mismos 200 millones tributen dos veces. Debe presentar la liquidación del SII, contratos, documentación de respaldo y seguir el procedimiento de la Resolución 06/2025.

Resumen oficial SII

Fija procedimiento para tramitar solicitudes de ajuste correspondiente o correlativo conforme al N° 8 del Artículo 41 E de la Ley Sobre Impuesto a la Renta. Deja sin efecto la Resolución Ex. SII N° 67 de 2013

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso6.pdf