Resolución Exenta N° 07 · OTROS · 15/01/2025

Valores oficiales de vehículos para tasación

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 07 del 15 de Enero del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 07 del 15 de enero de 2025 fija la lista oficial de valores de vehículos motorizados que sirve de base para el cálculo de impuestos en transferencias, herencias y aplicación del impuesto de lujo. **¿A quién le importa esto?** Notarios, conservadores de bienes raíces, contribuyentes que compran o venden vehículos usados, herederos que reciben automóviles, y quienes adquieren vehículos nuevos sujetos al impuesto de lujo del artículo 4° del DL 825. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Para qué sirve esta lista de valores de vehículos? → Para determinar la base imponible en transferencias, herencias, donaciones y aplicación del impuesto de lujo. - ¿Quiénes están obligados a usar estos valores oficiales? → Notarios al autorizar compraventas, CBR al inscribir, contribuyentes al declarar impuestos y herederos al tasar el acervo. - ¿Desde cuándo rige esta nueva tabla de valores? → Desde el 15 de enero de 2025, publicación de la Resolución Exenta N° 07. - ¿Qué pasa si se declara un valor inferior al fijado por el SII? → El SII puede tasar y reliquidar el impuesto con el valor oficial, aplicando intereses y multas. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad para transferencias y herencias:** tanto en compraventas como en asignaciones hereditarias, el valor mínimo tributable es el fijado por esta resolución, sin importar el precio real pactado. - **Impacto en impuesto de lujo (vehículos nuevos):** la tabla también se usa como referencia para determinar si un vehículo nuevo supera las 3.000 UF y queda afecto al impuesto adicional del artículo 4° del DL 825. - **Actualización anual:** el SII publica esta lista cada enero; usar valores de años anteriores en operaciones 2025 genera diferencias tributarias y posibles fiscalizaciones. - **Vehículos no incluidos en la lista:** si un modelo específico no figura, se debe solicitar tasación particular al SII o usar avalúo de perito autorizado, pero el valor no puede ser arbitrario. **Ejemplo práctico:** Un contribuyente vende el 20 de febrero de 2025 una camioneta Toyota Hilux 2022 por $18.000.000. Según la Resolución Exenta N° 07, el valor oficial del SII para ese modelo es $22.500.000. El notario debe calcular el impuesto a la transferencia sobre los $22.500.000, no sobre los $18.000.000 declarados. Si el vendedor insiste en declarar solo $18.000.000, el SII puede reliquidar aplicando el valor oficial, generando diferencias de impuesto más intereses penales. Caso especial: si el vehículo tiene modificaciones o daños severos que reducen su valor real, el contribuyente puede solicitar tasación especial antes de la venta, pero debe contar con respaldo técnico del menor valor.

Resumen oficial SII

Fija lista de valores de vehículos motorizados para los fines que señala.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso7.pdf