Resolución Exenta N° 111 · OTROS · 26/08/2025

DJ anual obligatoria para contratos de leasing

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 111 del 26 de Agosto del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 111 establece que todas las empresas que mantienen bienes entregados en leasing operativo o financiero deben presentar anualmente una declaración jurada en el formulario 1961, detallando la información de cada contrato vigente durante el año calendario. **¿A quién le importa esto?** Empresas de leasing, bancos, sociedades de apoyo al giro y cualquier arrendador que mantenga contratos de arrendamiento con opción de compra (financiero) o sin ella (operativo), independiente del monto o cantidad de operaciones. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Quiénes están obligados a presentar el formulario 1961? → Todos los arrendadores que entreguen bienes en leasing operativo o financiero, sin importar el número de contratos. - ¿Qué información debe declararse en el formulario? → Detalle de cada contrato vigente: identificación del arrendatario, bien entregado, tipo de leasing, valores y plazos. - ¿Cuándo debe presentarse esta declaración jurada? → Anualmente, cubriendo todos los contratos que estuvieron vigentes durante el año calendario anterior. - ¿Qué pasa si no se presenta o se presenta incompleta? → Aplican las sanciones por no presentar declaraciones juradas: multas de hasta 1 UTM por cada mes de atraso o dato omitido. **Lo que debes tener claro:** - **Obligación universal para arrendadores:** no existe umbral mínimo de operaciones ni exclusión por tamaño de empresa; cualquier entidad con al menos un contrato de leasing vigente debe declarar. - **Incluye tanto leasing operativo como financiero:** la declaración abarca ambas modalidades, permitiendo al SII cruzar información entre tratamiento contable, tributario y declaraciones de arrendatarios. - **Instrumento de fiscalización cruzada:** el SII podrá detectar inconsistencias entre lo declarado por arrendadores (formulario 1961) y arrendatarios (pagos informados como gasto o inversión), aumentando el riesgo de revisión en contratos no declarados correctamente. - **Primera declaración genera carga administrativa:** empresas con portafolios grandes de leasing deberán implementar sistemas para extraer y cargar masivamente la información de cada contrato activo, considerando modificaciones y renovaciones durante el año. **Ejemplo práctico:** Una empresa de leasing mantiene 150 contratos vigentes durante 2025: 100 de leasing financiero sobre maquinaria industrial y 50 de leasing operativo sobre vehículos. Debe presentar el formulario 1961 antes del plazo establecido en 2026, detallando cada contrato con RUT del arrendatario, tipo de bien, valor cuota mensual, plazo y modalidad. Si omite declarar 10 contratos por error en su sistema de gestión, el SII puede aplicar multa de hasta 1 UTM por cada contrato no informado, además de iniciar fiscalización cruzada con las declaraciones de IVA y renta de esos arrendatarios.

Resumen oficial SII

Establece obligación de presentar anualmente información sobre bienes entregados en leasing operativo o financiero. Declaración jurada formulario N° 1961.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso111.pdf