Resolución Exenta N° 118 · OTROS · 10/09/2025

Nuevos anexos DJ precios de transferencia

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 118 del 10 de Septiembre del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N°118 de septiembre 2025 reemplaza los anexos I y II de la Resolución N°77 de 2025, estableciendo nuevos formatos obligatorios para la declaración jurada anual de precios de transferencia y operaciones con partes relacionadas. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes con operaciones con partes relacionadas en el extranjero o domiciliadas en Chile, sujetos a obligaciones de declaración jurada anual de precios de transferencia según artículo 41 E de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y empresas que deben reportar información país por país. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué anexos quedan reemplazados por esta resolución? → Los anexos I y II de la Resolución Exenta N°77 de 2025, que regulaban formularios de declaración de precios de transferencia. - ¿Desde qué fecha rigen los nuevos anexos? → Desde el 10 de septiembre de 2025, fecha de publicación de la Resolución Exenta N°118. - ¿A quién afecta directamente este cambio? → A contribuyentes obligados a presentar declaración jurada anual de operaciones con partes relacionadas y precios de transferencia. - ¿Qué pasa si se usó el formato anterior después de esta fecha? → Las declaraciones con formatos desactualizados pueden ser rechazadas o consideradas incompletas por el SII. **Lo que debes tener claro:** - **Actualización obligatoria de formularios:** los contribuyentes deben descargar y utilizar exclusivamente los nuevos anexos I y II publicados junto a la Resolución 118, descartando versiones previas. - **Impacto en declaraciones ya presentadas:** si un contribuyente presentó su declaración jurada entre la vigencia de Resolución 77 y septiembre 2025 usando anexos antiguos, podría requerir rectificación según lo exija el SII. - **Coordinación con plazos tributarios:** esta modificación puede afectar a contribuyentes que estén preparando declaraciones juradas anuales cuyo plazo vence después de septiembre 2025, obligándolos a ajustar sus sistemas. - **Sin información pública del contenido específico:** la resolución solo indica el reemplazo formal pero no detalla qué cambios sustantivos incluyen los nuevos anexos, requiriendo revisión directa de los formularios actualizados en el sitio del SII. **Ejemplo práctico:** Una empresa chilena con casa matriz en Estados Unidos presenta anualmente su declaración jurada de precios de transferencia en diciembre. En septiembre 2025 comienza a preparar la declaración del año comercial 2024 usando los anexos de Resolución 77, pero al momento de presentar en diciembre debe utilizar obligatoriamente los nuevos anexos I y II de Resolución 118. Si los campos, códigos o estructuras cambiaron entre versiones, deberá rehacer parte del trabajo de compilación de información para ajustarse al nuevo formato, o arriesgarse a que el SII rechace su declaración por usar formularios obsoletos.

Resumen oficial SII

Reemplaza anexos I y II de la resolución EX. SII N°77, de 2025.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso118.pdf