Resolución Exenta N° 119 · OTROS · 15/09/2025

API inicio de actividades: acceso a instituciones

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 119 del 15 de Septiembre del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII otorga a instituciones determinadas acceso a la interfaz de programación (API) de inicio de actividades, permitiéndoles intermediar digitalmente este trámite en nombre de contribuyentes que utilizan sus sistemas o plataformas. **¿A quién le importa esto?** Empresas tecnológicas, plataformas de contabilidad y gestión empresarial, instituciones financieras y entidades que prestan servicios de constitución o formalización de empresas y requieren integrar trámites SII en sus sistemas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué permite esta resolución a las instituciones autorizadas? → Acceder a la API de inicio de actividades del SII para tramitar inscripciones en nombre de contribuyentes desde sus plataformas. - ¿Cualquier institución puede acceder a esta API? → No, solo aquellas expresamente autorizadas mediante resolución exenta del SII. - ¿Qué beneficio obtienen los contribuyentes de esto? → Pueden iniciar actividades sin entrar al sitio del SII, directamente desde plataformas de terceros integradas. - ¿El SII delega la validación del trámite a las instituciones? → No, la institución solo intermedia; el SII mantiene la validación y aprobación final del inicio de actividades. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización individual y controlada:** no existe acceso abierto a la API; cada institución debe ser expresamente autorizada por el SII mediante resolución exenta, lo que permite trazabilidad y control. - **No sustituye la responsabilidad del contribuyente:** aunque el trámite se realice vía plataforma de terceros, el contribuyente sigue siendo el titular y responsable de la información presentada ante el SII. - **Ventaja competitiva para plataformas autorizadas:** instituciones con acceso pueden ofrecer servicios integrados de constitución y formalización más ágiles, diferenciándose en el mercado de servicios empresariales. - **Riesgo de exclusión para pequeños intermediarios:** contadores o asesores independientes que no operen mediante plataformas autorizadas no podrán usar esta vía, debiendo seguir con el proceso web tradicional del SII. **Ejemplo práctico:** Una plataforma de contabilidad en línea recibe autorización del SII mediante resolución exenta para acceder a la API de inicio de actividades. Un emprendedor que usa esa plataforma para llevar su contabilidad puede, al momento de formalizar su empresa, completar el inicio de actividades directamente en la interfaz de la plataforma sin salir de ella. La plataforma envía los datos vía API, el SII los valida y emite el RUT, todo en el mismo flujo digital, reduciendo el tiempo de trámite de días a minutos.

Resumen oficial SII

Otórguese acceso a las siguientes instituciones a la interfaz de programación de aplicaciones (API) inicio de actividades

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso119.pdf