Resolución Exenta N° 182 · OTROS · 15/12/2025

Nuevos inmuebles fiscales arrendados en listado

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 182 del 15 de Diciembre del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 182 de 2025 complementa el listado anexo de la Resolución Ex. N° 7 de 2025, incorporando nuevos bienes raíces fiscales arrendados que deben ser considerados para efectos de avaluación y tributación. **¿A quién le importa esto?** Propietarios de inmuebles arrendados al Estado o instituciones públicas, contribuyentes que declaran rentas de arrendamiento de bienes raíces fiscales, entidades públicas arrendatarias, y profesionales que asesoran en valorización y tributación de inmuebles. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué modifica la Resolución Exenta N° 182 de 2025? → Complementa el listado anexo de bienes raíces fiscales en arriendo establecido en la Resolución Ex. N° 7 de 2025. - ¿Desde cuándo rige esta actualización del listado? → Desde el 15 de diciembre de 2025, fecha de la resolución. - ¿Afecta la base imponible de los propietarios arrendadores? → Sí, los inmuebles incorporados quedan sujetos a las reglas de avaluación y tributación aplicables a arriendos fiscales. - ¿Dónde se consulta el listado actualizado completo? → En el anexo de la Resolución Ex. N° 7 de 2025 más las incorporaciones de la Resolución Ex. N° 182 de 2025. **Lo que debes tener claro:** - **La actualización es incremental:** no reemplaza el listado original de la Resolución N° 7, sino que agrega inmuebles adicionales que antes no estaban incluidos. - **Impacto en avalúo fiscal:** los propietarios de inmuebles recién incorporados deben verificar si cambia su avalúo fiscal para efectos de contribuciones de bienes raíces y declaración de renta. - **Obligación de revisión para arrendadores:** quienes arrienden a instituciones públicas deben confirmar si su propiedad fue incorporada al listado, ya que esto puede modificar el tratamiento tributario de la renta. - **Diferencia con arriendos privados:** los inmuebles en este listado están sujetos a reglas especiales de valorización y pueden tener implicancias distintas en declaración de impuestos respecto a arriendos comerciales privados. **Ejemplo práctico:** Un contribuyente arrienda un inmueble comercial a una institución pública desde 2023, declarando rentas de arrendamiento de 18.000.000 de pesos anuales. Al publicarse la Resolución Ex. N° 182, descubre que su inmueble fue incorporado al listado complementario: debe verificar si el avalúo fiscal vigente corresponde al valor de mercado del arriendo con el fisco, y ajustar su declaración de renta 2026 (AT 2025) si el SII modifica la base imponible. Si su inmueble NO aparece en el listado actualizado, continúa declarando bajo las reglas generales de renta de bienes raíces.

Resumen oficial SII

Complementa listado anexo de la Resolución Ex. N° 7 de 2025

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso182.pdf