Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 196 del 23 de Diciembre del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 196 aprueba un convenio de intercambio de información entre el SII y la Municipalidad de Isla de Maipo, permitiendo compartir datos de contribuyentes para mejorar la fiscalización tributaria municipal y la verificación de cumplimiento de obligaciones locales. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes con actividades económicas en la comuna de Isla de Maipo que deben cumplir obligaciones tanto ante el SII como ante el municipio (patentes comerciales, permisos municipales, declaraciones de actividades), y otros municipios que evalúen suscribir convenios similares. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué tipo de información se intercambiará entre el SII y el municipio? → Datos de contribuyentes, actividades económicas, patentes, permisos y cumplimiento de obligaciones tributarias y municipales. - ¿Puede el municipio fiscalizar con información del SII? → Sí, el convenio permite usar información tributaria del SII para verificar patentes comerciales y permisos municipales. - ¿Afecta esto la confidencialidad de los datos tributarios? → No si se usa conforme al convenio; la información compartida debe respetar el secreto tributario y usarse solo para fines fiscalizadores autorizados. - ¿Otros municipios pueden acceder a este mecanismo? → Sí, este convenio establece un modelo replicable para cualquier municipalidad que suscriba acuerdos similares con el SII. **Lo que debes tener claro:** - **Fiscalización cruzada SII-municipio:** el convenio permite que ambas entidades detecten inconsistencias entre declaraciones de renta, ventas, patentes municipales y permisos de funcionamiento. - **Alcance territorial limitado a Isla de Maipo:** esta resolución específica solo autoriza el intercambio con ese municipio, pero sienta precedente para convenios futuros con otras comunas. - **Obligación de confidencialidad compartida:** tanto el SII como el municipio deben resguardar la información según el artículo 35 del Código Tributario; filtrar datos puede generar sanciones penales. - **Impacto en contribuyentes informales o con subregistro:** quienes operan con patentes municipales pero subdeclaran ventas al SII enfrentan mayor riesgo de detección mediante cruces automáticos de bases de datos. **Ejemplo práctico:** Un restaurante en Isla de Maipo declara ventas anuales de 30.000.000 de pesos ante el SII, pero su patente municipal indica capacidad para 80 comensales y permisos de alcohol vigentes. El municipio, usando el convenio, cruza esta información con datos de ventas promedio del sector y detecta una inconsistencia: solicita al contribuyente explicar la discrepancia. Si no justifica, el SII puede iniciar fiscalización por subdeclaración basándose en los antecedentes municipales compartidos, recalculando ventas estimadas en 85.000.000 de pesos según aforo y permisos.
Resumen oficial SII
Aprueba Convenio de Intercambio de información y colaboración entre el Servicio de Impuestos Internos y la Ilustre Municipalidad de Isla de Maipo.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso196.pdf