Resolución Exenta N° 202 · OTROS · 23/12/2025

Registro SII de operadores de pago en ferias libres

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 202 del 23 de Diciembre del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Las entidades que deseen operar como proveedores de medios de pago electrónico en ferias libres deben obtener autorización del SII mediante resolución exenta que las incorpora al registro oficial de operadores autorizados para este mercado específico. **¿A quién le importa esto?** Empresas proveedoras de tecnología de pago electrónico, operadores de plataformas de comercio digital, fintechs interesadas en el mercado de ferias libres, y municipalidades que administran espacios de comercio informal que buscan implementar sistemas de pago electrónico. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cualquier empresa puede ofrecer sistemas de pago electrónico en ferias libres? → No, requiere autorización expresa del SII mediante resolución exenta que la incorpore al registro oficial. - ¿Qué instrumento otorga la autorización para operar? → Una resolución exenta numerada del SII que autoriza específicamente a cada entidad. - ¿Existe un registro público de operadores autorizados? → Sí, el SII mantiene un registro de operadores de medios de pago electrónicos para ferias libres. - ¿La autorización es automática si se cumplen requisitos técnicos? → No, es discrecional del SII mediante acto administrativo específico para cada solicitante. **Lo que debes tener claro:** - **Barrera de entrada regulatoria:** a diferencia de otros medios de pago electrónico comerciales, operar en ferias libres requiere aprobación administrativa previa del SII, no solo cumplimiento de normas generales de la CMF o SBIF. - **Registro específico y limitado:** la autorización aplica exclusivamente para ferias libres, no habilita automáticamente para otros canales de comercio informal ni ambulante, requiriendo posiblemente autorizaciones adicionales para otros contextos. - **Naturaleza discrecional de la autorización:** el SII evalúa caso a caso mediante resolución exenta, lo que implica que cumplir requisitos técnicos no garantiza aprobación automática ni derecho adquirido a operar. - **Implicancias para trazabilidad tributaria:** este registro busca controlar quién intermedia pagos en un sector históricamente informal, permitiendo al SII verificar que los operadores faciliten la fiscalización de ingresos de feriantes. **Ejemplo práctico:** Una empresa fintech desarrolla una aplicación móvil que permite pagos con QR y lectores Bluetooth para feriantes. Aunque cuenta con autorización de la CMF como emisor de dinero electrónico y opera exitosamente en retail formal, no puede desplegar su solución en ferias libres hasta obtener una resolución exenta específica del SII. Presenta su solicitud en octubre y en diciembre recibe la Resolución Exenta N° 202 que la incorpora al registro de operadores autorizados para ferias libres, recién entonces puede firmar contratos con municipalidades y feriantes individuales. Sin esta resolución: cualquier operación sería irregular independiente de otras licencias financieras que posea.

Resumen oficial SII

Autoriza a la entidad que indica para incorporarse al registro de operadores de medios de pago electrónicos para ferias libres.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso202.pdf