Resolución Exenta N° 208 · OTROS · 30/12/2025

Nómina oficial grandes contribuyentes AT 2026

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 208 del 30 de Diciembre del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 208 de 2025 establece la nómina oficial de grandes contribuyentes para el año tributario 2026, determinando qué empresas quedan sujetas a obligaciones tributarias especiales, plazos de declaración diferenciados y régimen de fiscalización intensiva. **¿A quién le importa esto?** Empresas con ingresos anuales superiores a 100.000 UF o patrimonios significativos que pueden ser clasificadas como grandes contribuyentes, sus asesores tributarios, y sociedades que requieren confirmar si están bajo régimen especial de fiscalización del SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué determina la Resolución Exenta N° 208? → La nómina oficial de contribuyentes clasificados como grandes contribuyentes para el año tributario 2026. - ¿Qué implica estar en la nómina de grandes contribuyentes? → Obligaciones especiales de declaración, plazos diferenciados, fiscalización intensiva y atención por la Dirección de Grandes Contribuyentes. - ¿Desde cuándo rige esta clasificación? → Desde el año tributario 2026, aplicable a operaciones del año comercial 2025 en adelante. - ¿Cómo saber si mi empresa está incluida? → Consultando la nómina oficial publicada por la Dirección de Grandes Contribuyentes del SII o verificando notificación directa. **Lo que debes tener claro:** - **La clasificación es determinada unilateralmente por el SII:** los contribuyentes no solicitan ser grandes contribuyentes, sino que son incorporados por resolución según criterios de ingresos, patrimonio y relevancia económica establecidos internamente por el servicio. - **Implica un régimen de fiscalización diferenciado:** los grandes contribuyentes son auditados con mayor frecuencia y profundidad, enfrentando revisiones anticipadas de precios de transferencia, operaciones internacionales y planificaciones tributarias complejas. - **Modifica plazos y canales de declaración:** estos contribuyentes tienen calendarios especiales para presentar declaraciones mensuales y anuales, generalmente con vencimientos distintos a los del régimen general, y deben usar canales electrónicos específicos. - **Riesgo de incumplimientos por desconocimiento:** empresas recién incorporadas a la nómina pueden ignorar sus nuevas obligaciones especiales durante los primeros meses, generando multas por declaraciones fuera de plazo o uso de formularios incorrectos. **Ejemplo práctico:** Una empresa minera con ingresos anuales de 180.000 UF en 2024 es notificada en enero de 2026 de su inclusión en la nómina de grandes contribuyentes según Resolución Exenta N° 208. A partir de abril de 2026, debe presentar su declaración mensual de IVA el día 15 de cada mes (no el día 12 como régimen general), usar el formulario F29 con códigos especiales para grandes contribuyentes, y prepararse para una auditoría de precios de transferencia programada para el segundo semestre. Si desconoce estos cambios y presenta su F29 el día 20 como venía haciendo, incurre en declaración fuera de plazo con multa automática de 1 UTM por cada mes de atraso, pese a haber declarado dentro del plazo del régimen general.

Resumen oficial SII

Fija nómina de grandes contribuyentes

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso208.pdf