Resolución Exenta N° 38 · OTROS · 27/03/2025

Proporción IVA crédito fiscal: cómo solicitarla

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 38 del 27 de Marzo del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 38 establece el procedimiento formal para que contribuyentes con ventas afectas y exentas soliciten al Director Regional del SII la aplicación de una proporción distinta a la legal para recuperar IVA crédito fiscal del artículo 23 N° 3 de la Ley de IVA, cuando la proporción estándar no refleje adecuadamente el uso real de los bienes y servicios. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que realizan simultáneamente operaciones afectas y exentas de IVA, particularmente aquellos cuya proporción de ventas no refleja fielmente el destino efectivo de sus compras y que resultan perjudicados al aplicar la fórmula legal del artículo 23 N° 3 de la Ley de IVA. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Quién puede solicitar una proporción distinta de crédito fiscal? → Contribuyentes con ventas afectas y exentas cuya proporción legal no refleje el uso real de sus compras. - ¿Ante quién se presenta la solicitud? → Ante el Director Regional del SII correspondiente al domicilio del contribuyente. - ¿Qué debe contener la solicitud? → Antecedentes que demuestren que la proporción legal perjudica al contribuyente y no refleja el destino efectivo de las adquisiciones. - ¿Qué base legal sustenta esta facultad? → El inciso quinto del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. **Lo que debes tener claro:** - **La proporción legal no es definitiva:** el artículo 23 N° 3 establece una fórmula matemática basada en ventas, pero el inciso quinto del artículo 20 permite al SII autorizarla distinta cuando no refleje la realidad económica del contribuyente. - **La carga probatoria recae en el contribuyente:** debe demostrar documentadamente que la aplicación de la proporción estándar lo perjudica y que existe una forma más precisa de asignar el crédito fiscal según el uso efectivo de bienes y servicios. - **Es una facultad discrecional del Director Regional:** la resolución no establece criterios automáticos de aprobación, por lo que cada caso se evalúa individualmente según los antecedentes presentados. - **Riesgo de continuar con proporción legal inadecuada:** contribuyentes que no ejercen esta opción pueden estar recuperando menos IVA del que les corresponde durante años, afectando su flujo de caja y competitividad. **Ejemplo práctico:** Una clínica médica factura 800.000.000 anuales en consultas exentas de IVA y 200.000.000 en arriendos de box a profesionales independientes (afecto). Bajo la proporción legal recuperaría solo el 20% del IVA de sus compras generales. Sin embargo, puede demostrar con registros contables que el 70% de sus adquisiciones (insumos médicos, equipamiento, energía) se destinan exclusivamente a las consultas exentas, y solo el 30% a áreas comunes. Presenta solicitud al Director Regional con contratos de arriendo, facturas segregadas por centro de costo y memorias de cálculo, solicitando aplicar una proporción de 80% de crédito fiscal, lo que reflejaría mejor el uso real de sus compras y le permitiría recuperar 12.000.000 adicionales de IVA anual.

Resumen oficial SII

Fija forma de solicitar ejercicio de la facultad contenida en el inciso quinto del artículo 20 de la Ley sobre impuesto a las ventas y servicios.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso38.pdf