Resolución Exenta N° 42 · PROCEDIMIENTO · 03/04/2025

RUT digital para extranjeros no residentes

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 42 del 03 de Abril del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 42 establece un procedimiento simplificado que permite a personas naturales y jurídicas extranjeras sin domicilio ni residencia en Chile obtener RUT mediante trámite digital, sin necesidad de comparecer físicamente ante el Servicio. **¿A quién le importa esto?** Personas naturales y jurídicas extranjeras sin domicilio ni residencia en Chile que necesitan RUT para operar, invertir, constituir sociedades, realizar operaciones financieras o cumplir obligaciones tributarias en el país, particularmente inversionistas, socios de empresas chilenas y prestadores de servicios transfronterizos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Pueden extranjeros no residentes obtener RUT sin venir a Chile? → Sí, mediante el procedimiento simplificado digital establecido en esta resolución. - ¿Qué tipo de contribuyentes pueden usar este procedimiento? → Personas naturales y jurídicas extranjeras sin domicilio ni residencia en Chile. - ¿Reemplaza este trámite la necesidad de RUT definitivo? → No, otorga un RUT válido pero el contribuyente debe cumplir requisitos posteriores según su situación. - ¿Desde cuándo rige este procedimiento simplificado? → Desde el 3 de abril de 2025, fecha de publicación de la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Elimina la barrera de presencia física:** el principal cambio es que extranjeros pueden obtener RUT sin comparecer ante oficinas del SII, facilitando inversiones y operaciones transfronterizas mediante trámite completamente digital. - **Aplica tanto a personas naturales como jurídicas:** el procedimiento cubre inversionistas individuales, sociedades extranjeras, fondos de inversión y cualquier entidad foránea que requiera RUT para operar en Chile. - **No exime de obligaciones tributarias posteriores:** obtener el RUT simplificado no significa que el contribuyente quede liberado de declarar rentas, retenciones o cumplir con regímenes especiales si genera actividades gravadas en Chile. - **Riesgo de documentación insuficiente:** aunque el trámite es simplificado, el SII puede rechazar solicitudes si la información o documentación presentada no acredita adecuadamente la identidad o existencia legal del solicitante extranjero. **Ejemplo práctico:** Una sociedad de inversión panameña desea participar como socio en una SpA chilena que desarrollará un proyecto inmobiliario en Santiago. Anteriormente debía enviar un representante a Chile o tramitar mediante apoderado presencial. Con la Resolución N° 42, la sociedad panameña presenta digitalmente sus estatutos apostillados, certificado de existencia vigente y designa un representante legal, obteniendo su RUT chileno en días sin desplazamientos. Importante: si posteriormente la SpA distribuye dividendos, la sociedad panameña deberá declarar y pagar el impuesto adicional correspondiente, ya que el RUT simplificado no altera sus obligaciones tributarias sustantivas.

Resumen oficial SII

Fija procedimiento simplificado para otorgar rut a contribuyentes no domiciliados ni residentes en chile

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de asistencia al contribuyente

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso42.pdf