Resolución Exenta N° 51 · OTROS · 25/04/2025

Addendum amplía intercambio SII-Banco Central

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 51 del 25 de Abril del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 51 aprueba un addendum al convenio vigente entre el SII y el Banco Central que amplía el intercambio de información tributaria y económica entre ambas instituciones, fortaleciendo sus capacidades de fiscalización y análisis. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes sujetos a fiscalización tributaria, especialmente grandes empresas, entidades financieras y operadores cambiarios cuya información puede ser compartida entre el SII y el Banco Central en el marco de sus funciones de supervisión y análisis macroeconómico. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué aprueba esta resolución? → Un addendum al convenio de intercambio de información entre SII y Banco Central vigente desde años anteriores. - ¿Qué tipo de información se intercambia? → Datos tributarios del SII y datos económicos, financieros y cambiarios del Banco Central, según sus competencias legales. - ¿Requiere autorización del contribuyente este intercambio? → No, opera bajo el marco de las facultades legales de ambas instituciones y el secreto tributario aplicable. - ¿Desde cuándo rige el addendum? → Desde el 25 de abril de 2025, fecha de publicación de la resolución exenta. **Lo que debes tener claro:** - **Ampliación de alcance del convenio original:** el addendum extiende las categorías de información compartida y los fines para los cuales puede utilizarse, incluyendo fiscalización cruzada y estudios económicos. - **Mantiene restricciones de confidencialidad:** toda información intercambiada permanece sujeta al secreto tributario del artículo 35 del Código Tributario y a las normas de confidencialidad del Banco Central. - **Impacto en auditorías y requerimientos:** el SII puede ahora acceder a datos cambiarios y financieros del Banco Central para cruzar con declaraciones tributarias, aumentando la capacidad de detección de inconsistencias. - **Sin cambios en obligaciones declarativas:** los contribuyentes no deben presentar información adicional ni nuevos formularios; el intercambio opera entre las instituciones con datos ya recopilados. **Ejemplo práctico:** Una empresa importadora declara al SII operaciones de comercio exterior por USD 5.000.000 en 2024, pero el Banco Central registra en su sistema de información cambiaria transferencias internacionales por USD 7.200.000 asociadas al mismo RUT. Con el addendum vigente, el SII puede solicitar formalmente estos datos al Banco Central y, al detectar la diferencia de USD 2.200.000, iniciar una fiscalización por posible subdeclaración de ingresos o triangulaciones no informadas. El contribuyente no será notificado del intercambio previo de información, sino directamente del proceso de auditoría resultante.

Resumen oficial SII

Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Banco Central de Chile y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso51.pdf