Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 56 del 30 de Abril del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 56 aprueba un convenio que permite al SII y al Registro Civil intercambiar automáticamente información sobre personas naturales y jurídicas, facilitando fiscalización tributaria y validación de identidad sin intervención del contribuyente. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes personas naturales y jurídicas inscritas en el RUT, especialmente aquellos que realizan trámites en ambas instituciones (constitución de sociedades, certificados de vigencia, actualizaciones de datos personales) y que pueden ser objeto de fiscalización tributaria cruzada. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué tipo de información se intercambia entre las instituciones? → Datos de identidad, RUT, domicilios, vigencia de personas jurídicas, cambios de estado civil, defunciones y cualquier información relevante para fines tributarios y de registro civil. - ¿Necesita el contribuyente autorizar este intercambio? → No, el intercambio es automático entre instituciones y opera por mandato legal sin requerir consentimiento individual. - ¿Desde cuándo opera este convenio? → Desde el 30 de abril de 2025, fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 56. - ¿Qué obligaciones genera para el contribuyente? → Ninguna nueva: mantener datos actualizados en ambas instituciones como ya exige la normativa vigente, pero ahora las inconsistencias se detectarán más rápido. **Lo que debes tener claro:** - **Fiscalización tributaria más eficiente:** el SII puede detectar automáticamente inconsistencias entre datos declarados (domicilio, socios, representantes legales) y los registros oficiales del Registro Civil, aumentando el riesgo de observaciones por información desactualizada. - **Actualización de oficio en casos de defunción:** cuando el Registro Civil registra una defunción, el SII puede actualizar automáticamente el estado del RUT, afectando poderes vigentes, representaciones legales y obligaciones tributarias pendientes del causante. - **Validación cruzada en constitución de sociedades:** al inscribir una empresa, el Registro Civil puede verificar instantáneamente con el SII la vigencia de RUT de socios y representantes, reduciendo rechazos por datos erróneos pero exigiendo mayor precisión en la documentación inicial. - **Sin derecho a oposición individual:** a diferencia de otros usos de datos personales, este intercambio opera bajo facultades legales de fiscalización tributaria (Código Tributario artículo 8 bis), por lo que el contribuyente no puede negarse ni limitar el flujo de información entre ambos servicios. **Ejemplo práctico:** Una sociedad de responsabilidad limitada constituida en marzo de 2025 inscribió como socio administrador a una persona natural con RUT 12.345.678-9 y domicilio en calle Falsa 123, Santiago. En junio de 2025, el Registro Civil informa al SII que esa persona falleció en abril de 2025 y que su último domicilio registrado era en Valparaíso. El SII detecta automáticamente que la sociedad mantiene vigente un representante fallecido y requiere actualizar poderes; además, observa la inconsistencia de domicilio, lo que puede generar una citación para regularizar antecedentes y verificar si hubo operaciones tributarias indebidas bajo ese RUT en el período posterior al fallecimiento.
Resumen oficial SII
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Servicio de Registro Civil e Identificación y el Servicio de Impuestos Internos.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de asistencia al contribuyente
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso56.pdf