Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 67 del 12 de Junio del 2025
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 67 establece protocolos internos más estrictos para que funcionarios del SII cumplan el deber de reserva del artículo 206 del Código Tributario, incluyendo controles de acceso, auditorías de uso de información y procedimientos de sanción. **¿A quién le importa esto?** Funcionarios del Servicio de Impuestos Internos, contribuyentes que manejan información sensible con el SII (grandes empresas, asesores tributarios, representantes legales) y entidades que temen filtración de datos tributarios confidenciales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué establece la Resolución Exenta N° 67? → Medidas operativas internas para asegurar que funcionarios del SII cumplan el deber de reserva del artículo 206 del Código Tributario. - ¿A quiénes aplica directamente esta resolución? → A todos los funcionarios del SII que acceden, procesan o custodian información tributaria de contribuyentes. - ¿Qué tipo de medidas incluye? → Controles de acceso a sistemas, auditorías de uso de información, protocolos de custodia y procedimientos sancionatorios por incumplimiento. - ¿Los contribuyentes deben hacer algo distinto? → No directamente, pero pueden exigir mayor trazabilidad y denunciar filtraciones con base en estos nuevos controles internos. **Lo que debes tener claro:** - **Refuerza el artículo 206 del Código Tributario:** la resolución no crea nuevas obligaciones legales, sino que instrumentaliza el deber de reserva existente con controles operativos más estrictos dentro del SII. - **Auditorías internas de acceso:** los sistemas del SII ahora registran quién accede a qué información tributaria, cuándo y para qué fin, permitiendo detectar usos indebidos o no autorizados. - **Sanciones administrativas más claras:** funcionarios que filtren información enfrentan procedimientos disciplinarios estandarizados, además de las sanciones penales del artículo 241 del Código Tributario. - **Contribuyentes pueden usar esto en su defensa:** si se prueba que un funcionario accedió indebidamente a información, el contribuyente puede invocar violación del debido proceso y pedir nulidad de actuaciones basadas en esa información. **Ejemplo práctico:** Un funcionario del SII accede al sistema para revisar la declaración de renta de una empresa competidora de su familiar, sin que exista una fiscalización en curso. Bajo la Resolución N° 67, este acceso queda registrado automáticamente con fecha, hora y justificación. Al mes siguiente, una auditoría interna detecta el acceso no autorizado: el funcionario enfrenta sumario administrativo y posible querella criminal bajo el artículo 241, mientras que cualquier uso de esa información en un proceso posterior puede ser objetado por el contribuyente afectado como prueba ilícita.
Resumen oficial SII
Establece medidas para asegurar el cumplimiento del deber de reserva de conformidad con el artículo 206 del código tributario
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso67.pdf