Resolución Exenta N° 68 · OTROS · 19/06/2025

SII crea oficina para convenios y fiscalidad global

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 68 del 19 de Junio del 2025

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII establece una Oficina de Relaciones Internacionales como unidad especializada para coordinar la aplicación de convenios de doble tributación, estándares BEPS, intercambio de información fiscal internacional y asistencia administrativa mutua entre jurisdicciones. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes con operaciones transfronterizas, empresas multinacionales, profesionales que asesoran en planificación fiscal internacional, entidades con inversiones extranjeras o ingresos sujetos a convenios para evitar la doble tributación, y organismos que requieren coordinación con autoridades fiscales extranjeras. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué funciones cumple la nueva oficina creada? → Coordina aplicación de convenios fiscales, intercambio de información tributaria internacional, estándares BEPS y asistencia administrativa mutua. - ¿A quién afecta directamente esta nueva estructura? → A contribuyentes con operaciones internacionales que invocan convenios de doble tributación o están sujetos a fiscalización transfronteriza. - ¿Desde cuándo opera esta oficina? → Desde el 19 de junio de 2025, según la Resolución Exenta N° 68. - ¿Cambia algo en los derechos de los contribuyentes bajo convenios? → No cambia derechos sustantivos, pero centraliza la gestión administrativa de solicitudes de aplicación de convenios y asistencia internacional. **Lo que debes tener claro:** - **Centralización de gestión internacional:** la oficina actuará como punto focal único para consultas sobre convenios de doble tributación, procedimientos MAP (acuerdos mutuos) y solicitudes de certificados de residencia fiscal. - **Implementación de estándares BEPS:** coordina la aplicación en Chile de las medidas contra erosión de bases imponibles y traslado de beneficios de OCDE/G20, incluyendo reportes país por país y normativa anti-abuso. - **Intercambio automático de información:** gestiona el cumplimiento de acuerdos CRS (Common Reporting Standard) y FATCA, afectando la fiscalización de contribuyentes con activos o rentas en el extranjero. - **Impacto en tiempos de respuesta:** la especialización puede agilizar resoluciones de consultas internacionales, pero también intensificar el escrutinio sobre estructuras de planificación fiscal transfronteriza que el SII considere agresivas. **Ejemplo práctico:** Una empresa chilena con filial en España recibe dividendos por 100.000.000 de pesos y solicita aplicar la tasa reducida del convenio Chile-España (5% en lugar del 35% general). Antes debía gestionar con distintas unidades del SII; desde junio 2025, la Oficina de Relaciones Internacionales centraliza la solicitud del certificado de residencia fiscal, la validación del beneficio del convenio y la coordinación con la Agencia Tributaria española si existe controversia sobre la interpretación del tratado.

Resumen oficial SII

Crea la oficina de relaciones internacionales.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2025/reso68.pdf